Denominación:Ayudas a la internacionalización de las empresas: planificación exterior
Inicio de la convocatoria:03/02/2011Fin de la convocatoria:15/03/2011
Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido
Objeto de la ayuda:Internacionalización
Serán subvencionables: gastos externos de consultoría y asistencia externa de tipo económico, técnico, jurídico, fiscal y/o metodológico; asistencia técnica externa en la preparación de ofertas para licitaciones; gastos notariales y registrales en el caso de formalización de acuerdos para proyectos de cooperación empresarial internacional y puesta en marcha de consorcios o grupos de exportación o implantación; suscripción a servicios de información sobre licitaciones públicas internacionales, o sobre mercados internacionales en general; compra de pliegos para proyectos de licitaciones internacionales; gastos de interpretación; gastos de traducción de documentación relacionada con estos proyectos; gastos de traducción de material promocional; cuota o precio de entrada para la asistencia al evento; gastos de viaje y alojamiento desde Galicia. NO serán subvencionables: impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación y los impuestos personales sobre la renta; el impuesto sobre el valor añadido (IVA) cuando el solicitante de la ayuda sea una asociación o entidad sin ánimo de lucro y acredite que se encuentra acogido al régimen de exención del IVA y que esa operación concreta no fue incluida en la declaración del IVA; aquellos gastos que resulten de carácter generalista o no estén expresamente referidos a la actuación de internacionalización y gastos que se puedan realizar con sus propios medios materiales y personales.
Ayudas para favorecer la planificación ordenada de la internacionalización de la empresa a través del apoyo a la elaboración e implementación de planes estratégicos internacionales a corto y medio plazo, ya sea con el objeto de: abastecimiento de materias primas o productos intermedios, lanzamiento de productos o servicios nuevos o ya existentes en nuevos mercados, o para estudiar las posibilidades de expansión mediante implantación comercial en nuevos mercados internacionales (países o zonas geográficas determinadas dentro de un país).
Tipos de trabajos subvencionables:
Con carácter general, el abono de las ayudas se realizará una vez que el Igape considere justificada la realización del proyecto y el cumplimiento de las condiciones dentro del plazo de ejecución del proyecto establecido en la resolución de concesión.
Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaGalicia
Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaGalicia
Tipo: Resolución de 31/01/2011
Fecha: 02/02/2011
Publicado en: Diario Oficial de Galicia
Páginas: 1.853-1.887
Tipo: Resolución de 06/04/2010
Fecha: 12/04/2010
Publicado en: Diario Oficial de Galicia
Páginas: 5539-5570
Tipo: Resolución de 09/05/2008
Fecha: 14/05/2008
Publicado en: Diario Oficial de Galicia
Páginas: 8669-8689
Tipo: Resolución de 10/04/2007
Fecha: 17/04/2007
Publicado en: Diario Oficial de Galicia
Páginas: 6173-6176
Tipo: Resolución de 09/03/2007
Fecha: 23/03/2007
Publicado en: Diario Oficial de Galicia
Páginas: 4630-4644