Denominación:Ayudas a la internacionalización de las empresas: eventos expositivos y promocionales internacionales celebrados fuera de Galicia
Inicio de la convocatoria:03/02/2011Fin de la convocatoria:15/03/2011
Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido
Objeto de la ayuda:InternacionalizaciónMarketing y Promoción comercial
Serán subvencionables: gastos de alquiler de espacio expositivo; gastos de alquiler de mobiliario y equipamientos audiovisuales; gastos de envío y, en su caso, de retorno de catálogos, productos, stands y otros materiales necesarios para el proyecto; gastos de servicio de interpretación en el evento; gastos de servicio de azafatas, modelos y montadores; gastos de diseño, montaje y desmontaje y construcción del stand; gastos de alquiler y acondicionamiento de salas o locales en el caso de acciones promocionales organizadas por el solicitante de cara a la prospección de mercados; gastos de estilismo en el caso de acciones promocionales organizadas por el solicitante de cara a la prospección de mercados; gastos de fotografía o vídeo; trabajos de agencias de comunicación o relaciones públicas específicos para el evento; gastos de viaje y alojamiento desde Galicia. NO serán subvencionables: impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación y los impuestos personales sobre la renta; el impuesto sobre el valor añadido (IVA) cuando el solicitante de la ayuda sea una asociación o entidad sin ánimo de lucro y acredite que se encuentra acogido al régimen de exención del IVA y que esa operación concreta no fue incluida en la declaración del IVA; aquellos gastos que resulten de carácter generalista o no estén expresamente referidos a la actuación de internacionalización y gastos que se puedan realizar con sus propios medios materiales y personales.
Ayudas para favorecer la participación en eventos expositivos y promocionales internacionales que se celebren fuera de Galicia de tipo comercial o técnico.
Será subvencionable la participación en:
Con carácter general, el abono de las ayudas se realizará una vez que el Igape considere justificada la realización del proyecto y el cumplimiento de las condiciones dentro del plazo de ejecución del proyecto establecido en la resolución de concesión.
Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaGalicia
Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaGalicia
Tipo: Resolución de 31/01/2011
Fecha: 02/02/2011
Publicado en: Diario Oficial de Galicia
Páginas: 1.853-1.887
Tipo: Resolución de 06/04/2010
Fecha: 12/04/2010
Publicado en: Diario Oficial de Galicia
Páginas: 5539-5570
Tipo: Resolución de 09/05/2008
Fecha: 14/05/2008
Publicado en: Diario Oficial de Galicia
Páginas: 8669-8689
Tipo: Resolución de 05/11/2007
Fecha: 14/11/2007
Publicado en: Diario Oficial de Galicia
Páginas: 18225-18229
Tipo: Resolución de 10/04/2007
Fecha: 17/04/2007
Publicado en: Diario Oficial de Galicia
Páginas: 6173-6176
Tipo: Resolución de 09/03/2007
Fecha: 23/03/2007
Publicado en: Diario Oficial de Galicia
Páginas: 4630-4644