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Ayudas a entidades locales y universidades públicas para la realización de inversiones en ahorro energético y la mejora de la eficiencia energética en instalaciones

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas a entidades locales y universidades públicas para la realización de inversiones en ahorro energético y la mejora de la eficiencia energética en instalaciones

Inicio de la convocatoria:12/01/2009Fin de la convocatoria:20/02/2009

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Inversiones materialesAhorro energético y energías renovables

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 40,00 % ó 200.000,00 Euros

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: gastos que se generen por la compra y puesta en marcha de equipos e instalaciones energéticas; proyectos de ingeniería asociados, obra civil de implantación de equipos y montaje y puesta en marcha. NO serán subvencionables: gastos y costes financieros, como consecuencia de la inversión; el IVA satisfecho por la adquisición de bienes o servicios facturados y en general, cualquier impuesto pagado por los beneficiarios; gastos realizados en equipos usados; gastos y costes de adquisición de terrenos.

Acciones subvencionadas

Ayudas para la realización de inversiones con objeto de reducir el consumo energético y/o mejorar la eficiencia energética en los siguientes sectores:

  1. edificación.
  2. transformación de la energía.
  3. servicios públicos.

Ayudas para:

  • sustitución de equipos de producción de calor, frío y ACS de instalaciones térmicas en edificios;
  • sustitución de equipos de movimiento de los fluidos caloportadores por otros, seleccionados en base a un mayor rendimiento energético;
  • instalación de sistemas de enfriamiento gratuito por aire exterior y de recuperación de calor del aire de extracción o recuperación de energía residual;
  • instalación de sistemas que combinen equipos convencionales con técnicas evaporativas que reduzcan el consumo de energía de la instalación: enfriamiento evaporativo, condensación evaporativa, pre-enfriamiento evaporativo del aire de condensación, enfriamiento evaporativo directo e indirecto previo a la recuperación de calor del aire de extracción, etc;
  • instalación de sistemas de control y regulación de equipos y/o instalaciones que ahorren energía;
  • instalaciones geotérmicas de producción de energía térmica (calor y/o frío), para climatización utilizando bombas de calor que intercambien con el terreno, ya sea en circuito abierto o cerrado;
  • sustitución de luminarias con mayor rendimiento, sustitución de lámparas de mayor eficiencia, sustitución de reactancias por otras electrónicas regulables y que permitan reducir la potencia instalada en iluminación;
  • instalación de sistemas de control de encendido y regulación del nivel de iluminación, deben incluir aquellos sistemas de control por presencia y regulación de nivel de iluminación según el aporte de luz natural;
  • cambio del sistema de iluminación, con la reubicación de los puntos de luz con utilización de las tecnologías anteriores;
  • instalación de plantas de cogeneración de alta eficiencia energética en el sector terciario o de servicios no industrial con una potencia eléctrica máxima de hasta 500 KW;
  • instalación de plantas de micro-cogeneración en cualquier sector de actividad con una potencia eléctrica máxima de hasta 150 KW;
  • nuevas instalaciones de sistemas centralizados, «distric heating», de calefacción y/o refrigeración, incluyendo, reformas en las instalaciones existentes, equipos de generación, tendido de tuberías y/o sistemas de regulación así como la obra civil necesaria.
  • renovación de instalaciones de alumbrado público exterior existentes. Puede incluir, la sustitución de lámparas, la sustitución de luminarias, instalación de nuevos sistemas de regulación del nivel lumínico, instalación de nuevos sistemas de encendido y/o apagado, la sustitución de la tecnología actual por tecnología LED en semáforos, etc.

Condiciones del pago

Sólo se admitirán pagos realizados con anterioridad al inicio del período subvencionable, cuando se hayan realizado en concepto de anticipo o adelanto y no superen el 50% del gasto subvencionable.
En general, los gastos deberán estar pagados antes de la finalización del plazo de justificación.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaCastilla y León

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaCastilla y León



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Convocatoria para el año 2009

    Tipo: Orden autonómica de 29/12/2008
    Fecha: 31/12/2008
    Páginas: -6-2-

  • Bases reguladoras

    Tipo: Orden autonómica de 16/12/2008
    Fecha: 22/12/2008
    Páginas: 26060-26065

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