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Uso del euskera en los medios de comunicación

Información general de la subvención

Denominación:Uso del euskera en los medios de comunicación

Inicio de la convocatoria:15/04/2004Fin de la convocatoria:15/05/2004

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Inversiones inmateriales

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 50,00 %
  • Ayuda mínima: 30,00 %

Acciones subvencionadas

Ayudas para la consolidación y afianzamiento del uso del euskera en los medios de comunicación: * 1. prensa diaria: 1.1. publicaciones distribuidas en todo el ámbito geográfico del euskera; 1.2. prensa de ámbito local del País Vasco; 1.3. prensa en castellano que asegure una presencia significa en euskera. * 2. publicaciones con otro tipo frecuencia: 2.1. revistas de información general; 2.2. publicaciones de ámbito local del País Vasco; 2.3. revistas científicas, de pensamiento y difusión, publicaciones en euskera dirigidas a comunidades euskaldunes; 2.4. revistas para jóvenes y niños.

Condiciones del pago

En el caso de que la subvención concedida sea superior al 30% del presupuesto presentado, el pago se realizará: el 85% de la subvención, previa presentación de la justificación del 50% del presupuesto y el 15% restante, previa presentación de la justificación del total del presupuesto y del balance anual.
En el caso de que la subvención concedida suponga el 30% o menos del presupuesto presentado, el pago de la subvención se realizará: el 85% previa presentación de la justificación del total de la subvención concedida y el 15% restante, previa presentación del balance anual.
En el caso de la televisiones locales el pago se realizará: el 30% de la subvención, previa presentación de la justificación del 30% del presupuesto y el 70% restante se abonará del siguiente modo: el 60% previa presentación de la justificación del 50% del presupuesto y el 40% previa presentación de la justificación del total del presupuesto y del balance del proyecto.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaPaís Vasco

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaPaís Vasco



Organismos e instituciones

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Convocatoria para el año 2004

    Tipo: Orden autonómica de 30/03/2004
    Fecha: 14/04/2004
    Páginas: 7174-7176 (1923)

  • Bases y convocatoria para el año 2003

    Tipo: Orden autonómica de 03/09/2003
    Fecha: 10/09/2003
    Páginas: 17377-17400 (5018)

  • Bases y convocatoria para el año 2002

    Tipo: Orden autonómica de 26/06/2002
    Fecha: 09/07/2002
    Páginas: 12115-12137

  • Bases y convocatoria para el año 2001

    Tipo: Orden autonómica de 21/02/2001
    Fecha: 23/02/2001
    Páginas: 3497-3517 (1012)

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