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Ayudas regionales a la inversión que se declaren de especial interés

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas regionales a la inversión que se declaren de especial interés

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Inversiones materialesInicio nueva actividadInversiones inmateriales

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: adquisición de los terrenos necesarios para la implantación del proyecto; traídas y acometidas de servicios; urbanización y obras exteriores adecuadas a las necesidades del proyecto; edificación de obra civil en: oficinas, laboratorios, servicios sociales y sanitarios del personal, almacenamiento de materias primas, edificios de producción, edificios de servicios industriales, almacenamiento de productos terminados y otras obras vinculadas al proyecto; bienes de equipo consistentes en maquinaria de proceso, generadores térmicos, elementos y equipos de transporte interior, vehículos especiales de transporte exterior, equipos de medida y control, medios de protección del medio ambiente y medios y equipos de prevención de riesgos laborales; bienes de equipo necesarios para servicios de electricidad, gas, suministro de agua potable, instalaciones de seguridad, depuración de aguas residuales y otros ligados al proyecto; estudios previos de viabilidad, los trabajos de planificación, ingeniería de proyecto y dirección facultativa de los trabajos; otras inversiones en activos fijos materiales, tales como equipamientos informáticos, mobiliario de oficina, utillaje, etc.; activos fijos inmateriales consistentes en la adquisición de patentes, licencias de explotación, o de conocimientos técnicos no patentados. NO serán subvencionables: el impuesto sobre el valor añadido recuperable; adquisiciones de activos, bien sea en forma de entrega de bienes o de prestación de servicios.

Acciones subvencionadas

Ayudas a proyectos de inversión empresarial se declare de especial interés, en base a su carácter estratégico derivado del fuerte impacto que puedan tener sobre el tejido industrial de la región.

Condiciones del pago

El pago se realizará una vez justificada la inversión subvencionada.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaCastilla y León

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaCastilla y León



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases reguladoras

    Tipo: Orden autonómica de 22/12/2008
    Fecha: 31/12/2008
    Publicado en: Boletín Oficial de Castilla y León
    Páginas: 27142-27151

  • Bases reguladoras. Deroga el D.125/2000, de 01/06/00

    Tipo: Decreto de 15/03/2007
    Fecha: 22/03/2007
    Publicado en: Boletín Oficial de Castilla y León
    Páginas: 6375-6379

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