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Programa Plan PIVE 7 de Incentivos al Vehículo Eficiente

Información general de la subvención

Denominación:Programa Plan PIVE 7 de Incentivos al Vehículo Eficiente

Inicio de la convocatoria:01/03/2015Fin de la convocatoria:01/03/2016

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Ahorro energético y energías renovablesTransporte

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: ó 1.000,00 Euros 

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: adquisición de vehículos nuevos de la categoría M1 (vehículos de motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros, que tengan, además del asiento del conductor, ocho plazas como máximo) o de la categoría N1 (vehículos cuya masa máxima no supere las 3,5 toneladas, diseñados y fabricados para el transporte de mercancías), matriculados en España.

Acciones subvencionadas

Ayudas para potenciar una disminución del consumo energético nacional mediante la incentivación de la modernización del parque de vehículos turismo (M1) y comerciales (N1) con modelos de alta eficiencia energética, con menor consumo de combustibles y emisiones de CO2, todo ello en el marco del Plan de Ahorro y Eficiencia Energética 2011-2020. A tal fin, se concederán ayudas por la adquisición de vehículos nuevos de las categorías M1 y N1, que vaya acompañada de la baja definitiva en el Registro de Vehículos la Dirección General de Tráfico de otro vehículo, siempre que uno y otro reúnan los requisitos exigidos.

Vehículos subvencionables:

  1. Turismos de la categoría M1:
    1. Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida (propulsados total o parcialmente mediante motores de combustión interna de gasolina o gasóleo y eléctricos).
    2. Eléctricos puros.
    3. Propulsados por motores de combustión interna que puedan utilizar combustibles fósiles alternativos (autogás -GLP- y gas natural).
  2. Comerciales ligeros de la categoría N1:
    1. Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida propulsados total o parcialmente por medio de motores de combustión interna de gasolina, gasóleo, GLP y Gas Natural que, además, acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).
    2. Eléctricos puros.
  3. Vehículos turismos (M1) y comerciales (N1) con emisiones de CO2 iguales o inferiores a 120 g/km.
  4. Sólo en el caso de que el solicitante sea una persona física, integrante de familia numerosa, vehículos de la categoría turismos (M1) dotados con más de 5 plazas y que se encuentren clasificados como clase A, B y C.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaExtremadura

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaExtremadura



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases y convocatoria para el año 2015

    Tipo: Real Decreto de 27/02/2015
    Fecha: 28/02/2015
    Publicado en: Boletín Oficial del Estado
    Páginas: 19135-19149 (2117)

  • Modifica el R.D. 525/2014, de 20/06/14

    Tipo: Decreto de 28/11/2014
    Fecha: 29/11/2014
    Publicado en: Boletín Oficial del Estado
    Páginas: 97968-97969 (12412)

  • Bases y convocatoria para el año 2014

    Tipo: Real Decreto de 20/06/2014
    Fecha: 26/06/2014
    Publicado en: Boletín Oficial del Estado
    Páginas: 49245-49259 (6684)

  • Sumplemento de crédito para la ambos programas

    Tipo: Real Decreto de 20/06/2014
    Fecha: 21/06/2014
    Publicado en: Boletín Oficial del Estado
    Páginas: 48400-48402 (6522)

  • Bases y convocatoria para el año 2014

    Tipo: Real Decreto de 24/01/2014
    Fecha: 28/01/2014
    Publicado en: Boletín Oficial del Estado
    Páginas: 5082-5095 (835)

  • Bases reguladoras para la concesión directa

    Tipo: Real Decreto de 25/10/2013
    Fecha: 29/10/2013
    Publicado en: Boletín Oficial del Estado
    Páginas: 87426-87439 (11304)

  • Se aprueban créditos extraordinarios

    Tipo: Real Decreto de 25/10/2013
    Fecha: 26/10/2013
    Publicado en: Boletín Oficial del Estado
    Páginas: 86926-86936 (11215)

  • Bases y convocatoria para el año 2013

    Tipo: Real Decreto de 26/07/2013
    Fecha: 27/07/2013
    Publicado en: Boletín Oficial del Estado
    Páginas: 55045-55057 (8189)

  • Se determinan e incorporan remanentes al presupuesto total de la R. 24/09/12 y 30/01/13

    Tipo: Resolución de 12/07/2013
    Fecha: 17/07/2013
    Publicado en: Boletín Oficial del Estado
    Páginas: 52986-52987 (7858)

  • Se modifican varios apartados de la R. 30/01/13

    Tipo: Resolución de 12/04/2013
    Fecha: 19/04/2013
    Publicado en: Boletín Oficial del Estado
    Páginas: 30305-30307 (4165)

  • Concesión de las ayudas de la R. 30/01/13

    Tipo: Resolución de 31/01/2013
    Fecha: 01/02/2013
    Publicado en: Boletín Oficial del Estado
    Páginas: 8945-8957 (1092)

  • Corrección de errores en los anexos de la R. 28/09/12

    Tipo: BOE20121002Regulacion_1.pdf
    Fecha: 02/10/2012
    Publicado en: Boletín Oficial del Estado
    Páginas: 70029-70031 (12323)

  • Bases y convocatoria para el año 2012

    Tipo: Resolución de 28/09/2012
    Fecha: 29/09/2012
    Publicado en: Boletín Oficial del Estado
    Páginas: 69490-69503 (12216)

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