Denominación:Programa para el fomento de la iniciativa empresarial: Línea de apoyo a la iniciativa empresarial de emprendedores y microempresas
Inicio de la convocatoria:26/02/2014Fin de la convocatoria:31/03/2014
Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido
Objeto de la ayuda:Inversiones materialesInicio nueva actividad
Serán subvencionables: adquisición de edificios nuevos, realización de obra civil y otras obras vinculadas a la actividad; adquisición de bienes de equipo, maquinaria, instalaciones y utillaje; mobiliario y enseres; equipos para procesos de información y programas informáticos; trabajos de planificación e ingeniería del proyecto asociado a la inversión en obra civil.
NO serán subvencionables: gastos de carácter improductivo, compras de mobiliario ostentoso, gastos de representación en programas de expansión comercial, regalos que no sean muestras comerciales, adquisición de activos financieros y adquisición de cualquier automóvil u otro vehículo susceptible de matriculación, excepto los vehículos especiales que no necesiten matriculación; inversiones en inmovilizado intangible; reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, así como la restructuración del neto patrimonial; inversiones de empresas en crisis; inversiones en actividades relacionadas con la exportación; impuestos, tasas o precios públicos, estén ligados o no a la inversión; gastos de arrendamiento, alquiler, leasing y similares; adquisición, construcción, rehabilitación, reforma y/o cualquier tipo de actuación efectuada en inmuebles rústicos o urbanos de uso residencial, como puedan ser los inmuebles destinados a viviendas; trabajos realizados por la propia empresa para el inmovilizado; actividades que implican la utilización de animales vivos con fines experimentales o científicos; activos cuya factura definitiva sea de fecha anterior a la de presentación de la solicitud de la ayuda o respecto de los que se hayan efectuado pagos o librado efectos antes de dicha fecha.
Ayudas a proyectos empresariales industriales o de servicios, promovidos por emprendedores y microempresas que consistan en:
El abono de las subvenciones se efectuará mediante un pago único, previa justificación de haber realizado la actividad subvencionada y el pago total de la misma, en el plazo y en los términos fijados en la resolución de concesión.
No se realizarán pagos parciales ni anticipados.
Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaCastilla-La Mancha
Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaCastilla-La Mancha
Nombre de la institución: Consejería Empleo y Economía / Junta de Castilla La Mancha | Dirección: Avda. de Irlanda, 14 - 45071 Toledo | Teléfono / Tlf.:...más información
Nombre de la institución: Dirección General Economía, Competitividad y Comercio / Consejería Empleo y Economía / Junta de Castilla La Mancha | Dirección: Avenida de Irlanda, 14 - 45071 Toledo | Teléfono / Tlf.:...más información
Tipo: Resolución de 17/02/2014
Fecha: 25/02/2014
Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
Páginas: 5441-5467
Tipo: Resolución de 14/01/2014
Fecha: 31/01/2014
Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
Páginas: 2831-2834
Tipo: Orden autonómica de 19/07/2013
Fecha: 30/07/2013
Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
Páginas: 20918-20960
Tipo: Resolución de 11/05/2012
Fecha: 11/06/2012
Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
Páginas: 19793-19798
Tipo: Resolución de 26/10/2010
Fecha: 08/11/2010
Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
Páginas: 51708-51710
Tipo: Resolución de 14/10/2010
Fecha: 29/10/2010
Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
Páginas: 50189-50190
Tipo: Resolución de 11/01/2010
Fecha: 25/01/2010
Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
Páginas: 2429-2432
Tipo: Resolución de 08/01/2010
Fecha: 20/01/2010
Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
Páginas: 1778-1781
Tipo: Resolución de 13/10/2009
Fecha: 22/10/2009
Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
Páginas: 44252-44258
Tipo: Resolución de 18/09/2009
Fecha: 13/10/2009
Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
Páginas: 42176-42181
Tipo: Decreto de 30/12/2008
Fecha: 02/01/2009
Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
Páginas: 4-10
Tipo: Resolución de 14/11/2008
Fecha: 17/12/2008
Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
Páginas: 40350-40356
Tipo: Orden autonómica de 08/10/2008
Fecha: 31/10/2008
Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
Páginas: 35156-35165
Tipo: Resolución de 11/12/2007
Fecha: 07/02/2008
Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
Páginas: 3150-3151
Tipo: DOCM20070615Regulacion_1.pdf
Fecha: 15/06/2007
Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
Páginas: 16338
Tipo: Orden autonómica de 01/06/2007
Fecha: 13/06/2007
Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
Páginas: 15877-15889
Tipo: Resolución de 12/01/2007
Fecha: 26/01/2007
Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
Páginas: 1837-1843
Tipo: Resolución de 15/12/2006
Fecha: 11/01/2007
Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
Páginas: 921
Tipo: Resolución de 14/09/2006
Fecha: 09/10/2006
Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
Páginas: 20638
Tipo: Resolución de 24/01/2006
Fecha: 09/02/2006
Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
Tipo: Resolución de 01/08/2005
Fecha: 15/08/2005
Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
Páginas: 15552
Tipo: Resolución de 12/11/2004
Fecha: 26/11/2004
Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
Páginas: 19204-19208
Tipo: Orden autonómica de 06/10/2004
Fecha: 26/11/2004
Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
Páginas: 19192-19196