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Programa Jóvenes por el empleo de experiencia profesional para el empleo juvenil

Información general de la subvención

Denominación:Programa Jóvenes por el empleo de experiencia profesional para el empleo juvenil

Inicio de la convocatoria:05/11/2013Fin de la convocatoria:30/11/2014

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Becas

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: ó 2.867,00 Euros 

Gastos subvencionados

Serán subvencionables:

  • para el caso 1, retribuciones del personal técnico propio de la entidad local (se incluyen los salarios, Seguridad Social a cargo de la empresa y los gastos de desplazamientos del personal tutor).
  • para el caso 2, gastos directos asociados, consistentes en las retribuciones (salarios y Seguridad Social) del personal docente y el personal de apoyo, el material técnico, didáctico y fungible, visitas formativas a empresas, los seguros de accidentes obligatorios de los participantes suscritos para las acciones formativas y gastos de transporte; gastos vinculados a la formación complementaria realizada; incentivos mensuales condicionados a la participación y el aprovechamiento en las actuaciones de formación.
  • para el caso 3, gastos dirigidos a fomentar la participación de las empresas en el programa (se incluyen los salarios, los seguros sociales y los gastos de desplazamientos del técnico); acciones de sensibilización, información y difusión (mínimo de un 20%).
  • para el caso 4, gastos salariales y parte proporcional de las pagas extraordinarias.

NO serán subvencionables: intereses deudores de las cuentas bancarias; intereses, recargos y sanciones administrativas y penales; gastos de los procedimientos legales y judiciales; impuesto sobre el valor añadido recuperable; adquisición de mobiliario, equipo, vehículos, infraestructuras, bienes inmuebles y terrenos, tanto si son adquisiciones nuevas como de segunda mano; gastos de transacciones financieras; comisiones y pérdidas de cambio y de otros gastos puramente financieros; gastos justificados con facturas de fecha posterior a la finalización del programa que no correspondan a gastos realizados en el periodo de ejecución del mismo; gastos salariales y de Seguridad Social generados por baja laboral de la persona trabajadora con independencia del hecho causante; vacaciones no efectuadas, los pagos en especie, las indemnizaciones por muerte y traslados correspondientes; suspensiones, los despidos, los ceses o finalizaciones de contrato, ni tampoco los conceptos salariales por horas extraordinarias, por productividad y pluses ni otras comisiones ni las indemnizaciones extraordinarias acordadas con el personal.
  • para el caso 4, cuotas empresariales y las del/de la trabajador/a en la Seguridad Social; indemnizaciones en el caso de despidos declarados improcedentes por resolución judicial.

Acciones subvencionadas

Ayudas para el apoyo a la experiencia práctica de las personas jóvenes desempleadas que combina acciones de orientación, tutorización y seguimiento individualizado, formación y adquisición de experiencia profesional en empresas y que facilita su inserción laboral en las empresas y fomenta su retorno al sistema educativo.

Actuaciones a desarrollar:

  1. Tutorización y acompañamiento a la inserción.
  2. Formación profesionalizadora y otra formación específica necesaria para poder desarrollar las tareas asignadas a un determinado puesto de trabajo, y si procede, formación para la obtención del título de graduado en ESO.
  3. Promoción de la participación de empresas en el programa.
  4. Experiencia profesional en empresas mediante contratación laboral.

Condiciones del pago

Para entidades locales, se hará un anticipo del 90% del total de la subvención otorgada cuando las entidades locales hayan comunicado el inicio del programa y el resto en el momento en que las entidades locales hayan ejecutado correctamente las actuaciones y justificada la totalidad de los gastos subvencionados.
Para empresas, se hará un primer pago de un anticipo correspondiente al 80% del coste de cada uno de los contratos y el 20% restante se pagará cuando las empresas beneficiarias hayan justificado la totalidad de los gastos de los contratos subvencionados.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaCataluña (Generalitat de)

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaCataluña (Generalitat de)



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Se amplía el presupuesto total de la O. EMO/270/2013, de 28/10/13

    Tipo: Resolución de 27/11/2013
    Fecha: 02/12/2013
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 1-2

  • Corrección de errata en la O. EMO/270/2013, de 28/10/13

    Tipo: DOGC20131122Regulacion_2.pdf
    Fecha: 22/11/2013
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 1

  • Corrección de errores en el texto de la O. EMO/270/2013, de 28/10/13

    Tipo: Anuncio de 04/11/2013
    Fecha: 08/11/2013
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 1

  • Se modifica la O. EMO/293/2012, de 25/09/12

    Tipo: Orden autonómica de 28/10/2013
    Fecha: 04/11/2013
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 1-11

  • Concesión de ayudas de la O. EMO/293/2012, de 25/09/12

    Tipo: Resolución de 07/02/2013
    Fecha: 15/02/2013
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 8844-8846

  • Bases y convocatoria para el año 2012 y 2013. Deroga O.TRE/500/2010; TRE/522/2010 y EMO/243/2011

    Tipo: Orden autonómica de 25/09/2012
    Fecha: 09/10/2012
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 47133-47159

  • Se modifica la O. TRE/500/2010, de 25/10/11 y se amplía el plazo de ejecución

    Tipo: Orden autonómica de 28/09/2011
    Fecha: 30/09/2011
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 50639-50640

  • Se modifica y se amplía el plazo de solicitud de la O.TRE/500/2010, de 25/10/10

    Tipo: Orden autonómica de 12/11/2010
    Fecha: 17/11/2010
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 84128-83131

  • Bases y convocatoria para el año 2011

    Tipo: Orden autonómica de 25/10/2010
    Fecha: 02/11/2010
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 79855-79872

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