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Programa Innpulsa (2012-2015): Ayudas INVIERTE

Información general de la subvención

Denominación:Programa Innpulsa (2012-2015): Ayudas INVIERTE

Inicio de la convocatoria:19/02/2015Fin de la convocatoria:31/03/2015

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Inversiones materialesInicio nueva actividad

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 20,00 % ó 50.000,00 Euros 
  • Ayuda mínima: 15,00 % ó

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: adquisición de terrenos; urbanización de los mismos, la construcción de naves o edificios industriales y obra civil en general; inversión en bienes de equipo, maquinaria de proceso, instalaciones y servicios auxiliares, informática y comunicaciones, generadores térmicos, elementos de transporte interior, vehículos especiales de transporte exterior, equipos de medida y control e instalaciones de seguridad y protección medioambiental.
NO serán subvencionables: inversiones en utillaje; gastos relativos a tributos, honorarios profesionales, visados, traídas y acometidas; gastos financieros; gastos de asesoría jurídica o financiera; gastos notariales y registrales; gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado; gastos de redacción de proyectos técnicos, estudios geotécnicos y medioambientales, dirección de obras y gastos de administración; IVA entre los conceptos de inversiones sobre los que pueda concederse ayuda.

Acciones subvencionadas

Ayudas para apoyar la realización de actuaciones industriales encaminadas a incrementar la productividad y la competitividad de las empresas mediante las inversiones productivas en bienes de equipo e instalaciones auxiliares.

Actuaciones subvencionables:

  1. Proyectos de creación, ampliación o diversificación de la producción de establecimientos industriales.
  2. Proyectos que supongan un cambio en el proceso de producción global de un establecimiento existente siempre que se juzguen sostenibles y viables técnica, económica y financieramente.

Ámbito de aplicación:

  • Relación de actividades incluidas en el sector industrial:
    • Industrias extractivas de minerales no energéticos.
    • Industria del tabaco.
    • Industria textil y de la confección.
    • Industria del cuero y del calzado.
    • Industria de la madera y del corcho.
    • Industria del papel, edición, artes gráficas y reproducción de soportes grabados.
    • Industria de la transformación del caucho y materias plásticas.
    • Industrias de otros productos minerales no metálicos.
    • Industria cementera y derivados.
    • Metalurgia y fabricación de productos metálicos.
    • Industria de la construcción de maquinaria y equipo mecánico.
    • Industria de material y equipo eléctrico, electrónico y óptico.
    • Fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques.
    • Fabricación de otro material de transporte.
    • Industrias manufactureras diversas.
    • Talleres de reparación de vehículos.
  • Relación de actividades incluidas en el sector de servicios de apoyo a la industria:
    • Instalaciones eléctricas; de fontanería; climatización; gas; pararrayos y similares; aparatos elevadores; telecomunicaciones e industriales.
    • Servicios de mantenimiento y manutención industrial.
    • Servicios de limpieza industrial, gestión de residuos y recuperación de productos.
    • Laboratorios de ensayo, análisis y certificación.
    • Sondeos y prospecciones.
  • Relación de actividades incluidas en los sectores prioritarios y ámbitos tecnológicos prioritarios contemplados en la Estrategia de Investigación e Innovación 2020 para la Especialización Inteligente de Cantabria (iCan 2020):
    • Sectores prioritarios:
      • Maquinaria y componentes de automoción.
      • Transformación metálica.
      • Química.
      • Biotecnología.
      • Ingeniería marítima.
      • Comunicaciones por satélite y radiofrecuencia.
    • Ámbitos tecnológicos transversales:
      • Servicios de las tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC).
      • Nanotecnología.
      • Fabricación avanzada.

Condiciones del pago

Una vez que se justifique documentalmente la inversión subvencionable.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaCantabria

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaCantabria



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases y convocatoria para el año 2015

    Tipo: Orden autonómica de 13/02/2015
    Fecha: 18/02/2015
    Publicado en: Boletín Oficial de Cantabria
    Páginas: 4449-4471

  • Bases y convocatoria para el año 2014

    Tipo: Orden autonómica de 18/02/2014
    Fecha: 19/02/2014
    Publicado en: Boletín Oficial de Cantabria
    Páginas: 288-306

  • Bases y convocatoria para el año 2013

    Tipo: Orden autonómica de 28/12/2012
    Fecha: 22/02/2013
    Publicado en: Boletín Oficial de Cantabria
    Páginas: 5383-5400

  • Se modifica la O. INN/5/2012, de 13/03/12

    Tipo: Orden autonómica de 18/05/2012
    Fecha: 06/06/2012
    Publicado en: Boletín Oficial de Cantabria
    Páginas: 15849-15855

  • Bases y convocatoria para el año 2012

    Tipo: Orden autonómica de 13/03/2012
    Fecha: 21/03/2012
    Publicado en: Boletín Oficial de Cantabria
    Páginas: 7929-7946

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