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Programa Asturias de ayudas a Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica

Información general de la subvención

Denominación:Programa Asturias de ayudas a Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica

Inicio de la convocatoria:10/11/2012Fin de la convocatoria:29/11/2012

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Investigación y desarrollo tecnológicoBecas

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 100,00 % ó 400.000,00 Euros

Gastos subvencionados

Serán subvencionables:

  • para el caso 1, gastos directos (gastos de personal de nuevos investigadores; gastos de personal de investigadores de reconocido prestigio; gastos de colaboraciones; gasto de inscripción a cursos, seminarios y congresos; gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención derivados del gasto anterior; gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención derivados del intercambio de personal investigador con otros centros de investigación nacionales o extranjeros; gastos de personal vinculado a programas de intercambio con empresas); gastos indirectos.
  • para el caso 2, gastos directos (gastos del personal de investigación propio del Centro Tecnológico en las áreas de actividad estratégica del mismo; gastos de personal de los nuevos investigadores; gastos de personal de investigadores de reconocido prestigio; gastos de colaboraciones; gasto de inscripción a cursos, seminarios y congresos; gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención derivados del gasto anterior; gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención derivados del intercambio de personal investigador con otros centros de investigación nacionales o extranjeros; gastos de personal vinculado a programas de intercambio con empresas; inversiones en equipamiento científico-técnico y desarrollo de infraestructuras.
  • para el caso 3, gastos directos (inversiones en equipamiento científico técnico o mejora de las instalaciones necesarias para llevar a cabo las actividades; gastos de personal); gastos indirectos.
  • para el caso 4, gastos directos (gastos de personal; gastos de desplazamientos, alojamientos y manutención derivados del intercambio de personal investigador entre centros de investigación o con empresas, procurándose por parte del Centro de alcanzar el menor coste de los mismos dentro de las buenas condiciones de intercambio; inversiones en equipamiento científico-técnico); gastos indirectos.

Acciones subvencionadas

Ayudas para:

  • Actuación 1: Capacitación de los recursos humanos, mediante:
    • la contratación de titulados universitarios de cualquier grado y titulados de Formación Profesional para formarse como personal investigador o de apoyo técnico a la investigación de los centros.
    • la contratación de investigadores de reconocido prestigio que permitan consolidar grupos de I+D de reconocida solvencia nacional e internacional en áreas específicas de la actividad del centro.
    • el desarrollo de un programa de formación específica, entendida como formación integral, cursos, seminarios, congresos, tanto para las personas de nueva contratación como para el personal que ya forma parte de los Centros.
    • el desarrollo de un programa de intercambio con otros centros nacionales o extranjeros con el objeto de que los investigadores de los Centros se formen y tomen contacto con los mejores grupos de investigación y en centros de prestigio de sus áreas de investigación.
    • el desarrollo de un programa de intercambio con empresas que permita al personal investigador conocer la realidad empresarial para con posterioridad poder responder con éxito a la problemática tecnológica que plantean las empresas a los centros o continuar su desarrollo profesional en las mismas.
  • Actuación 2: Lanzamiento y consolidación de áreas de actividad en sectores estratégicos, mediantes:
    • actividades de captación y formación de alto nivel del equipo investigador que pueden incluir la recuperación de agentes científico-tecnológicos formados en el extranjero.
    • actividades vinculadas a la firma de acuerdos de cooperación nacional e internacional.
    • desarrollo de infraestructuras y adquisición de equipamiento científico avanzado necesario para iniciar la actividad en el sector cuyo conocimiento se va a explorar.
  • Actuación 3: Inversiones en infraestructuras claves de líneas de actividad existentes.
  • Actuación 4: Colaboración en proyectos entre Centros Tecnológicos y/o Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica.

Condiciones del pago

El pago se realizará previa justificación por el beneficiario de la realización de la actividad correspondiente, si bien se permite realizar pagos anticipados en ciertas circunstancias.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaAsturias (Principado de)

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaAsturias (Principado de)



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases y convocatorias para el año 2012

    Tipo: Resolución de 05/11/2012
    Fecha: 09/11/2012
    Publicado en: Boletín Oficial del Principado de Asturias
    Páginas: 1-11

  • Bases reguladoras para el año 2011. Deroga la R. 01/03/10

    Tipo: Resolución de 10/05/2011
    Fecha: 07/06/2011
    Publicado en: Boletín Oficial del Principado de Asturias

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