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Primas al consumo de carbón autóctono

Información general de la subvención

Denominación:Primas al consumo de carbón autóctono

Inicio de la convocatoria:01/01/1998

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Inversiones materiales

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: coste por la adquisiciones de energía en el mercado de la electricidad, para atender los suministros a tarifas reguladas; costes de funcionamiento del sistema (desarrollo de actividades de suministro de energía eléctrica en territorios insulares y extrapeninsulares, costes al operado del sistema y del mercado, funcionamiento de la Comisión Nacional del Sistema Eléctrico, transición a la competencia); costes de diversificación y seguridad de abastecimiento (primas a la producción del régimen especial, costes asociados a la moratoria nuclear, fondo para la financiación del segundo ciclo de combustible nuclear y stock estratégico de combustible nuclear); potencia y energía adquiridas a las instalaciones de producción de energía eléctrica acogidas al R.D.2366/94, de 09/12/94; adquisición de energía de instalaciones acogidas al R.D.1538/87, de 11/12/87; otros ingresos o pagos resultantes de los transportes intracomunitarios o de conexiones internacionales.

Acciones subvencionadas

Ayudas para la liquidación de las obligaciones de pago y derechos de cobro necesarios para retribuir las actividades de transporte, distribución, comercialización a tarifas, así como los costes permanentes del sistema, incluyendo los de transición a la competencia y de los de diversificación y seguridad de abastecimiento.

Condiciones del pago

Se realizarán liquidaciones mensuales a cuenta de la definitiva, que se efectuará cada año.
La liquidación, positiva o negativa, correspondiente a cada agente, dará lugar a una cantidad a percibir o pagar, respectivamente, antes del 31 de marzo del año siguiente a aquel para el que se han determinado las liquidaciones.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:España

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:España



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Se establecen las primas para el año 2003

    Tipo: Orden Ministerial de 29/10/2003
    Fecha: 17/11/2003
    Páginas: 40468-40469 (20968)

  • Bases reguladoras

    Tipo: Real Decreto de 26/12/1997
    Fecha: 27/12/1997
    Páginas: 3807-38047

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