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Ayudas para proyectos innovadores y experimentales

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas para proyectos innovadores y experimentales

Inicio de la convocatoria:16/11/2013Fin de la convocatoria:30/11/2013

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Proyectos sociales, Vivienda y otrosInvestigación aplicada e InnovaciónCreación empleoBecas

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 75,00 % ó 150.000,00 Euros 

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: gastos directos (retribuciones de personal propio; gastos de manutención, alojamiento y movilidad; gastos de contratación; otros gastos directamente asociados al desarrollo de las acciones y que son indispensables para su ejecución); gastos indirectos (costes de personal de apoyo y personal directivo de la entidad beneficiaria; gastos de suministros y servicios generales: agua, luz, calefacción, mensajería, correo, mantenimiento, limpieza, vigilancia y otros; gastos en bienes consumibles utilizados para la realización de las acciones).
NO serán subvencionables: intereses deudores de cuentas bancarias; intereses, recargos y sanciones administrativas y penales; gastos de procedimientos legales y judiciales; impuesto sobre el valor añadido recuperable; otros impuestos o tasas; adquisición de mobiliario, equipos, vehículos, infraestructuras, bienes inmuebles y terrenos, tanto si son adquisiciones nuevas como de segunda mano; gastos de transacciones financieras; comisiones y pérdidas de cambio y de otro gastos puramente financieros; gastos de Seguridad Social generados por baja laboral del/de la trabajador/a, tanto si es por enfermedad o accidente común, como por enfermedad o accidente profesional o por maternidad o paternidad; horas extraordinarias, los pagos por beneficios, pagos en especie, vacaciones no efectuadas, dietas, plus de transporte, gastos de locomoción, indemnizaciones por muerte, y traslados correspondientes, suspensiones, despidos, ceses o finalizaciones de contrato; complementos o pluses salariales.

Acciones subvencionadas

Estas ayudas tendrán como objetivo contribuir al desarrollo de las estrategias ocupacionales y de dinamización económica que han sido planificadas desde los territorios.
Mediante la realización de proyectos innovadores y experimentales se pretende dar respuesta a las necesidades específicas del territorio de manera transversal con intervenciones que buscan favorecer la innovación en el desarrollo local, la actividad de los sectores productivos y la ocupabilidad.
Sobre la base de una diagnosis y una planificación previa se dará apoyo a la implementación de proyectos concretos con el fin de generar empleo, favorecer la innovación local, sectorial y ocupacional y transferir sus resultados.

Programas subvencionables:

  1. Innovación en los sectores y las empresas.
  2. Innovación en el empleo.

Tipo de Acciones:

  1. Informes y dictámenes.
  2. Asesoramiento y asistencia técnica.
  3. Difusión y Promoción.
  4. Seminarios.
  5. Formación.
  6. Redes de cooperación.
  7. Buenas prácticas.
  8. Recursos ocupacionales.
  9. Tutoría/acompañamiento/mentoring.

Condiciones del pago

La propuesta de pago se hará un anticipo del 80% del importe de la subvención otorgada cuando el beneficiario de la ayuda haya presentado el certificado de inicio y el pago final del resto del importe de la subvención cuando la entidad beneficiaria haya justificado correctamente la subvención que le ha sido otorgada.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaCataluña (Generalitat de)

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaCataluña (Generalitat de)



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases y convocatoria para el año 2013. Deroga la O. EMO/312/2012, de 08/10/12

    Tipo: Orden autonómica de 06/11/2013
    Fecha: 15/11/2013
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 1-28

  • Se modifica la O. EMO/312/2012, de 08/10/12

    Tipo: Orden autonómica de 13/09/2013
    Fecha: 02/10/2013
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 1-3

  • Concesión de las ayudas de la O. EMO/312/2012, de 08/10/12

    Tipo: Resolución de 07/05/2013
    Fecha: 16/05/2013
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 1-2

  • Concesión de las ayudas de la O. EMO/312/2012, de 08/10/12

    Tipo: Resolución de 11/02/2013
    Fecha: 01/03/2013
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 1-3

  • Ampliación del importe máximo de la O. EMO/312/2012, de 08/10/12

    Tipo: Resolución de 21/11/2012
    Fecha: 26/11/2012
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 58380-58381

  • Se modifica la O. EMO/312/2012, de 08/10/12

    Tipo: Orden autonómica de 16/11/2012
    Fecha: 23/11/2012
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 58124-58125

  • Bases y convocatoria para el año 2012. Deroga la O. TRE/293/2010 y TRE/340/2010

    Tipo: Orden autonómica de 08/10/2012
    Fecha: 22/10/2012
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 50101-50124

  • Concesión de la O.TRE/293/2010, de 06/05/10

    Tipo: Resolución de 13/12/2010
    Fecha: 29/12/2010
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 93769-93770

  • Modifica la O. TRE/293/2010, de 06/05/10 en cuanto a plazo de solicitud, compatibilidad y otros

    Tipo: Orden autonómica de 16/06/2010
    Fecha: 18/06/2010
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 47138-47139

  • Bases y convocatoria para el año 2010. Deroga O.TRE/337/2008; O.TRE/350/2009; O.TRE/337/2008; O.TRE/

    Tipo: Orden autonómica de 06/05/2010
    Fecha: 21/05/2010
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 40018-40040

  • Se modificación varios artículos de la O.TRE/337/2008, de 10/07/08

    Tipo: Orden autonómica de 05/06/2009
    Fecha: 16/07/2009
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 56878-56881

  • Concesión de la R.TRE/337/2008, de 10/07/09

    Tipo: Resolución de 10/06/2009
    Fecha: 02/07/2009
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 53006-53026

  • Se modifica el art. 15 de la O.TRE/337/2008, de 10/07/08

    Tipo: Orden autonómica de 02/10/2008
    Fecha: 16/10/2008
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 75286

  • Bases y convocatoria para el año 2008. Se deroga la R.TRI/1783/2005, R.TRI/318/2006

    Tipo: Orden autonómica de 10/07/2008
    Fecha: 11/07/2008
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 54602-54626

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