Denominación:Ayudas para proyectos de investigación
Inicio de la convocatoria:22/08/2003Fin de la convocatoria:08/09/2003
Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido
Objeto de la ayuda:Investigación y desarrollo tecnológico
Serán subvencionables: Para el caso 1: material fungibles; otros gastos estrictamente necesarios para le ejecución del plan de trabajo. Para el caso 2: material inventariable; retribución de becarios predoctorales o personal; retribución de becarios técnicos en prácticas; material fungible; otros gastos necesarios para la realización del proyecto. Para el caso 3: material inventariable; material fungible; estudios de mercado; asistencia a congresos, reuniones científicas, ferias y cualquier otro foro; otros gastos.NO será subvencionable: Para el caso 1: equipo informático, tanto software como hardware. Para el caso 2: contratación administrativa o laboral de personal; retribución alguna a los investigadores del proyecto; gastos de mobiliario y material de oficina; asistencia a congresos y reuniones científicas; suscripción de revistas periódicas y edición de libros; obras e instalaciones; dietas y viajes no incluidos en el plan de gastos previamente presentado.
Ayudas para: * 1. cofinanciar proyectos de investigación emprendidos por grupos científicos. * 2. financiar proyectos de investigación en las líneas temáticas concertadas. * 3. proyectos de investigación destinados a facilitar la transferencia de resultados al sector empresarial.
Se abonará en firme previa justificación de la actividad para las que fueron concedidas.
En el caso de la cofinanciación de proyectos, la subvención concedida se abonará previa aceptación de la financiación por el investigador principal.
Para el caso 1 y 2: el 60% del plan de gastos por anticipado, que se librará por anualidades anticipadas y el 25 al comienzo de la segunda anualidad y el 15% restante una vez que se entregue, al finalizar ala tercer anualidad, la memoria final del trabajo realizado y la certificación de la totalidad del gastos.
Para el caso 3: el 85% por anticipado una vez que se presente la carta de aceptación, junto con la distribución del plan de gastos de acuerdo con la financiación concedida y el 15% restante, una vez que el investigador principal presente la memoria final del proyecto al cumplimiento del año de ejecución, junto con el certificado de la institución de los gastos imputados y de que consta en su contabilidad.
Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaCanarias (Islas)
Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaCanarias (Islas)
Nombre de la institución: Consejería Educación, Cultura y Deportes / Gobierno de Canarias | Dirección: C/ Pérez Galdós, 4, Edificio Rodríguez Quegles - 35071 Palmas de Gran Canaria (Las) | Teléfono / Tlf.:...más información
Nombre de la institución: Dirección General Universidades e Investigación / Consejería Educación, Cultura y Deportes / Gobierno de Canarias | Dirección: C/ José de Zárate y Penichet, 4 - Edificio Arco Iris - 38071 Santa Cruz de Tenerife | Teléfono / Tlf.:...más información
Tipo: Orden autonómica de 24/06/2002
Fecha: 05/07/2002
Páginas: 11818-11838 (1010)