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Ayudas para proyectos de investigación en materia de cuidados paliativos

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas para proyectos de investigación en materia de cuidados paliativos

Inicio de la convocatoria:07/07/2011Fin de la convocatoria:23/07/2011

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Investigación y desarrollo tecnológico

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: gastos derivados de la contratación de personal en régimen de formación para el desarrollo de las actuaciones investigadoras; gastos de adquisición de bienes y contratación de servicios externos, que incluirán las compras de material fungible y demás gastos complementarios, siempre que sean necesarios para la investigación. NO serán subvencionables: financiar inversiones; ni adquisiciones de material inventariable y/o equipamiento; compras de material inventariable, ni la asistencia a congresos; Gastos de funcionamiento necesarios para el desarrollo de las actividades.

Acciones subvencionadas

Ayudas para la realización de proyectos de investigación y difusión en materia de cuidados paliativos.

Los objetivos son:

  • control de síntomas, tratamientos de soporte (nutricionales, otros) evaluación de tratamientos, interacciones farmacológicas.
  • evaluación de resultados y mejora de la calidad.
  • cuidados paliativos y seguridad del/de la paciente.
  • cuidados paliativos no oncológicos e infanto-juveniles.
  • aspectos emocionales y necesidades psicológicas y existenciales del/de la paciente y profesionales.
  • autonomía del/de la paciente.
  • continuidad asistencial y modelos organizativos.
  • evaluación de costes de la atención y consumo de recursos.
  • bioética al final de la vida.
  • instrumentos de valoración.
  • epidemiología de la situación de enfermedad avanzada de final de la vida en la Comunitat Valenciana.

Condiciones del pago

El pago de las ayudas se realizará de la siguiente forma: el 40% del importe total de la ayuda concedida se librará, previa justificación documental de los gastos que, por ese importe o superior sean consecuencia de su ejecución; un 20% adicional al primer 40%, se librará, previa justificación documental de, al menos, el 60% del total de los gastos objeto de la subvención y el 40% restante se librará, tras la justificación de la totalidad del gasto objeto de subvención, una vez evaluada y aprobada la memoria final presentada, así como la idoneidad de la totalidad de los gastos justificados.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaAndalucía

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaAndalucía



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases y convocatoria para el año 2011

    Tipo: Orden autonómica de 29/06/2011
    Fecha: 06/07/2011
    Publicado en: Diario Oficial Generalitat Valenciana
    Páginas: 27361-27382

  • Bases y convocatoria para el año 2010

    Tipo: Orden autonómica de 02/06/2010
    Fecha: 17/06/2010
    Publicado en: Diario Oficial Generalitat Valenciana
    Páginas: 24472-24493

  • Convocatoria para el año 2009

    Tipo: Orden autonómica de 15/05/2009
    Fecha: 29/05/2009
    Publicado en: Diario Oficial Generalitat Valenciana
    Páginas: 21461-21469

  • Convocatoria para el año 2008

    Tipo: Orden autonómica de 07/10/2008
    Fecha: 27/10/2008
    Publicado en: Diario Oficial Generalitat Valenciana
    Páginas: 83685-83690

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