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Ayudas para los centros de innovación y tecnología (CIT)

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas para los centros de innovación y tecnología (CIT)

Inicio de la convocatoria:12/04/2002Fin de la convocatoria:14/06/2005

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:TIC y Sociedad de la Información

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 65,00 %

Gastos subvencionados

Serán subvencionables:

  • para el caso 1: las adquisiciones de los terrenos y edificaciones necesarios para la implantación del proyecto; las traídas y acometidas de servicios; la urbanización y obras exteriores adecuadas a las necesidades del proyecto; la edificación de obra civil en oficinas, laboratorios, servicios sociales y sanitarios del personal, edificios de servicios industriales y otras; los bienes de equipo (como maquinaria, equipos de ensayo, generadores térmicos, transporte interior, equipos de medida y control, etc.); los bienes de equipo para servicios de electricidad y suministro de agua potable, instalaciones de seguridad, depuración de aguas residuales y otros; los sistemas de información y los equipos para la implantación de sistemas avanzados; los sistemas de calidad y de proyectos de cooperación e internacionalización de la entidad; inversiones en software y equipos informáticos de diseño asociados al desarrollo de producto; los trabajos de planificación, ingeniería del proyecto y dirección facultativa de los trabajos; otras inversiones en activos fijos materiales.
  • para el caso 2: la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación; los gastos directos de personal y fungibles adscritos al proyecto.

Acciones subvencionadas

Ayudas a:

  1. centros de innovación y tecnología: 1.1. proyectos de inversión; 1.2. proyectos de ampliación o modificación.
  2. proyectos de investigación, desarrollo tecnológico o innovación: 2.1. planes de I+D+I incluidos en los planes anuales del centro; 2.2. proyectos de I+D+I demandados por las empresas al centro.

Condiciones del pago

El abono de las ayudas podrán hacerse efectivo mediante pagos parciales (en cuyo caso será necesario un calendario de inversión y un aval), pagos totales (al finalizar la inversión) o pagos anticipados (hasta un 75%, previa presentación del aval).


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaAndalucía

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaAndalucía



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases y convocatoria para el año 2002

    Tipo: Orden autonómica de 25/02/2002
    Fecha: 11/04/2002
    Páginas: 5654-5662

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