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Ayudas para la cooperación interadministrativa en materia de servicios sociales, infancia, familia e inmigración

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas para la cooperación interadministrativa en materia de servicios sociales, infancia, familia e inmigración

Inicio de la convocatoria:01/02/2007Fin de la convocatoria:01/03/2007

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Proyectos sociales, Vivienda y otros

Acciones subvencionadas

Ayudas, formalizadas mediante convenios, para la cooperación interadministrativa en materia de servicios sociales y bienestar y familia, mediante los siguientes programas:

  1. servicios sociales de atención primaria:
    • servicios básicos de atención primaria;
    • servicios de atención domiciliaria;
    • servicios residenciales de estancia limitada;
    • servicios de comedor;
    • servicios de asesoramiento técnico de atención social primaria.
  2. servicios sociales de atención especializada y otros programas:
    • atención a personas con disminución;
    • atención a las personas mayores con dependencias;
    • atención a la infancia y la adolescencia en riesgo;
      • centros abiertos y otros programas diurnos;
      • servicios de Atención a la Infancia y la Adolescencia (EAIA);
    • atención a toxicómanos;
    • otros programas de servicios sociales.
  3. programas y actuaciones en materia de apoyo a las familias y a la infancia: familias monoparentales.
  4. programas y actuaciones comunitarias y cívicas: lucha contra la exclusión social.

Condiciones del pago

El pago variará en función del programa objeto de ayuda:

  • para el caso 1,
    • para el fomento de servicios:
      Para la anualidad 2005, el pago de la ayuda se hará de una sola vez, como anticipo por la totalidad de la ayuda, una vez que se hayan justificado todas las aportaciones del ejercicio 2004.
      A partir del ejercicio 2006 y sucesivos, el pago se hará una vez aprobado el presupuesto del ejercicio y justificadas las aportaciones del ejercicio anterior.
    • en el caso de servicios transferidos, los pagos se realizarán trimestralmente en cuatro pagos por trimestre avanzado y en las cuantías que determine el acuerdo del Gobierno.
  • para el los casos 2, 3 y 4: los pagos se harán una vez tras la justificación de los gastos.

Se podrán conceder anticipos de hasta un máximo del 95% de la cantidad, para el caso 2.3.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaCataluña (Generalitat de)

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaCataluña (Generalitat de)



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

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