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Ayudas para inserción laboral de personas con discapacidad física, psíquica y/o sensorial

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas para inserción laboral de personas con discapacidad física, psíquica y/o sensorial

Inicio de la convocatoria:16/08/2007Fin de la convocatoria:07/09/2007

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Creación empleoBecas

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 1.020,00 Euros

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: retribuciones del profesorado; remuneraciones del personal docente; seguros sociales del personal docente; preparación, seguimiento y control de la actividad docente; material entregado a los alumnos; material fungible; arrendamiento de equipos didácticos y maquinaria; arrendamiento de inmuebles e instalaciones; amortización de equipos y herramientas; publicidad; seguros de los participantes; suministros; gastos de correo; limpieza de instalaciones; remuneraciones del personal no docente; seguros sociales del personal no docente; gastos de funcionamiento de guarderías; gastos de auditoría; gastos diarios de viaje de los participantes; bienes consumibles no amortizables necesarios para la formación. NO serán subvencionables: gastos financieros, multas, penalizaciones financieras y gastos derivados de procedimientos judiciales; gastos de apertura y gestión de cuentas bancarias; adquisición de inmovilizado; el importe de amortización de equipos didácticos, herramientas, etc. que se hayan comprado con subvenciones nacionales o comunitarias; dietas y desplazamientos del profesorado; percepciones no salariales; tasas administrativas locales, autonómicas o naciones; cualquier otro gasto imputable a las acciones formativas.

Acciones subvencionadas

Ayudas para:

  1. formación profesional ocupacional.
  2. acciones de normalización social y personal.
  3. acciones de inserción laboral.

Condiciones del pago

Se abonará de forma anticipada y por el 100% del importe, sin prestación de garantías.
En el caso de abono previa justificación, se abonará una vez justificada la subvención concedida y previa acreditación, por parte de la entidad beneficiaria de la subvención, mediante certificados en vigor de carácter positivo, de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social.
Para los ejercicios siguientes, las cuantías subvencionadas se abonarán previa justificación de las acciones realizadas en cada ejercicio anterior en caso de abono anticipado.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaCanarias (Islas)

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaCanarias (Islas)



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases y convocatoria para el año 2007

    Tipo: Resolución de 31/07/2007
    Fecha: 14/08/2007
    Páginas: 20595-20627 (1447)

  • Bases y convocatoria para el año 2004

    Tipo: Resolución de 29/12/2003
    Fecha: 30/12/2003
    Páginas: 20577-20609 (2037)

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