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Ayudas para fomentar la actividad empresarial de las mujeres

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas para fomentar la actividad empresarial de las mujeres

Inicio de la convocatoria:16/05/2007Fin de la convocatoria:18/06/2007

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Inicio nueva actividadCreación empleo

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 75,00 % ó 24.000,00 Euros
  • Ayuda mínima: 6.010,00 Euros

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: adquisición de locales o el desembolso de derechos de traspaso (sólo en ciertos casos y hasta el 15% de esta cantidad); instalaciones inherentes a los proyectos; gastos amortizables; las primeras existencias (hasta un importe máximo de 3.005,06 euros); adquisición de maquinaria y bienes de equipo; equipos informáticos de gestión; servicios de telecomunicaciones básicos; mobiliario y enseres; estudios de viabilidad técnico económica y dirección facultativa; elementos de transporte de carácter industrial; el IPSI; adquisición de equipos de inmovilizado de segunda que sean imprescindibles, sólo bajo ciertas circunstancias. NO serán subvencionables: el IVA y otros impuestos; gastos financieros de la adquisición de inmovilizado y existencias; las instalaciones y bienes de equipo; material informático; gastos diversos de asistencia a congresos, jornadas, dietas o viajes; suscripción de revistas o edición de libros; gastos generales de funcionamiento.

Acciones subvencionadas

Ayudas a la creación de empleo autónomo en el marco de la Medida 17 para "Fomentar la actividad empresarial de las mujeres", del Eje 45 para la "Participación de las mujeres en el mercado laboral" del Programa Operativo Integrado 2000-2006, financiado con Fondos Estructurales Europeos.

Condiciones del pago

Las ayudas se abonarán una vez entregada la justificación de la ayuda.
En casos justificados, se podrá anticipar total o parcialmente la ayuda, si bien se pedirá al beneficiario el resguardo de la constitución de una garantía por el importe del anticipo en estos casos.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaCeuta

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaCeuta



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Convocatoria para el año 2007

    Tipo: BOCCE20070515Regulacion_4.pdf
    Fecha: 15/05/2007
    Páginas: 1159-1162 (1357)

  • Convocatoria para el año 2004

    Tipo: Anuncio de 27/08/2004
    Fecha: 31/08/2004
    Páginas: 2747-2750 (3227)

  • Bases y convocatoria para el año 2004

    Tipo: Anuncio
    Fecha: 31/05/2004
    Páginas: 117-143 (16)

  • Bases y convocatoria para el año 2003

    Tipo: Resolución de 31/01/2003
    Fecha: 12/02/2003
    Páginas: 9-61 (3)

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