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Ayudas para el uso de energías renovables en el marco del Plan de Energías Renovables (Asturias)

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas para el uso de energías renovables en el marco del Plan de Energías Renovables (Asturias)

Inicio de la convocatoria:14/05/2013Fin de la convocatoria:05/06/2013

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Inversiones materialesInvestigación aplicada e InnovaciónAhorro energético y energías renovables

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 40,00 % ó 30.000,00 Euros 

Gastos subvencionados

Serán subvencionables:

  • para el caso 1.1, 1.2 y 1.3, calderas de biomasa; gastos relacionados con el depósito de almacenamiento de biocombustible; sistema de medición de la energía térmica producida independiente del elemento generador de la energía térmica para el uso de calefacción y/o ACS.
  • para el caso 1.4, depósitos de almacenamiento de agua caliente, intercambiadores de calor, vasos de expansión, bombas, tuberías, valvulería, aislamiento, etc.; sistema de distribución del tendido de tuberías, así como el sistema de regulación, control y medida de consumos energéticos; sistemas eléctricos, de control y monitorización; obra civil (excavaciones, cimentaciones, zanjas, urbanización, edificios, etc).
  • para el caso 2, módulos fotovoltaicos, elementos de soporte y fijación de los módulos, los elementos de interconexión entre módulos, etc.; acumuladores de energía eléctrica, reguladores de carga, elementos de interconexión y cableado, indicadores del nivel de baterías, etc.; convertidores o inversores, cuadros eléctricos, protecciones, cableados, etc.; sistema de monitorización, telegestión, etc.
  • para el caso 3, obra civil para la realización de cimentaciones, zanjas, excavaciones (movimientos de tierra) en caso de captación horizontal, perforación de sondeos (producción y reinyección) en el caso de capitación vertical; sistemas de captación del recurso geotérmico (Tuberías, fluido caloportador y colectores de la parte de captación de la instalación); sistema de medición de la energía eléctrica consumida y la energía térmica producida independiente del elemento generador de la energía térmica para el uso de calefacción y/o ACS).
  • para el caso 4, elementos de generación de energía, elementos de soporte y fijación, etc.; acumuladores de energía eléctrica, reguladores de carga, elementos de interconexión y cableado, indicadores del nivel de baterías, etc.; convertidores o inversores, cuadros eléctricos, interruptores y protecciones, cableados, etc.; sistema de monitorización y telegestión, etc.
NO serán subvencionables: el IVA; gastos financieros como consecuencia de la inversión; inversiones en equipos usados; gastos de adquisición de terrenos; gastos que tengan la consideración de gastos generales o corrientes del titular.

Acciones subvencionadas

Ayudas para el uso de energías renovables mediante la aplicación de las siguientes tecnologías:

  1. Biomasa:
    1. Instalaciones que cuenten con calderas automáticas con un rendimiento mínimo del 85% mantenido tanto a carga nominal como a carga parcial del 30% y que además posean un depósito de uso exclusivo para el almacenamiento de biocombustible de al menos 1 m³ de capacidad.
    2. Instalaciones que cuenten con calderas automáticas para instalaciones de baja temperatura (condensación) con un rendimiento mínimo del 95% mantenido tanto a carga nominal como a carga parcial del 30% y que además posean un depósito de uso exclusivo para el almacenamiento de biocombustible de al menos 1 m³ de capacidad.
    3. Instalaciones que cuenten con calderas no automáticas con un rendimiento mínimo del 75% a carga nominal, y que además posean un depósito de uso exclusivo para el almacenamiento de biocombustible.
    4. Nuevas redes de calefacción de distrito o ampliación de las existentes a nuevos usuarios, aunque permanezca inalterada la potencia de generación térmica.
  2. Solar fotovoltaica asilada.
  3. Sistemas geotérmicos.
  4. Minihidráulica, microhidráulica, y minieólica destinados al autoabastecimiento energético.

Condiciones del pago

El pago se realizará una vez se justifique documentalmente la inversión subvencionable.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaAsturias (Principado de)

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaAsturias (Principado de)



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Convocatoria para el año 2013 de la R. 07/03/13

    Tipo: Resolución de 09/05/2013
    Fecha: 13/05/2013
    Publicado en: Boletín Oficial del Principado de Asturias
    Páginas: 1-3 (2013-08890)

  • Bases reguladoras. Deroga la R. 10/08/12

    Tipo: Resolución de 07/03/2013
    Fecha: 15/03/2013
    Publicado en: Boletín Oficial del Principado de Asturias
    Páginas: 1-12

  • Concesión de las ayudas de la R. 20/09/12

    Tipo: Resolución de 05/12/2012
    Fecha: 10/12/2012
    Publicado en: Boletín Oficial del Principado de Asturias
    Páginas: 1-9

  • Convocatoria para el año 2012

    Tipo: Resolución de 20/09/2012
    Fecha: 25/09/2012
    Publicado en: Boletín Oficial del Principado de Asturias
    Páginas: 1-3

  • Bases reguladoras

    Tipo: Resolución de 10/08/2012
    Fecha: 25/08/2012
    Publicado en: Boletín Oficial del Principado de Asturias
    Páginas: 1-11

  • Concesión de las ayudas de la R. 19/09/11

    Tipo: Resolución de 20/12/2011
    Fecha: 23/12/2011
    Publicado en: Boletín Oficial del Principado de Asturias
    Páginas: 1-11

  • Se amplía la dotación total de la R. 19/09/11

    Tipo: Resolución de 13/12/2011
    Fecha: 16/12/2011
    Publicado en: Boletín Oficial del Principado de Asturias
    Páginas: 1

  • Bases y convocatoria para el año 2011

    Tipo: Resolución de 19/09/2011
    Fecha: 30/09/2011
    Publicado en: Boletín Oficial del Principado de Asturias
    Páginas: 1-3 (2011-18699)

  • Convocatoria para el año 2010

    Tipo: Resolución de 11/05/2010
    Fecha: 17/05/2010
    Publicado en: Boletín Oficial del Principado de Asturias
    Páginas: 1-3

  • Convenio entre Asturias e IDAE

    Tipo: Resolución de 20/04/2010
    Fecha: 06/05/2010
    Publicado en: Boletín Oficial del Principado de Asturias
    Páginas: 1-13

  • Se amplía el presupuesto de la R.29/06/09

    Tipo: Anuncio de 27/11/2009
    Fecha: 10/12/2009
    Publicado en: Boletín Oficial del Principado de Asturias
    Páginas: 1

  • Convocatoria para el año 2009

    Tipo: Resolución de 29/06/2009
    Fecha: 10/07/2009
    Publicado en: Boletín Oficial del Principado de Asturias
    Páginas: 1-3

  • Corrección de errores en las bases y anexos de la R.15/06/09

    Tipo: Resolución de 29/06/2009
    Fecha: 10/07/2009
    Publicado en: Boletín Oficial del Principado de Asturias
    Páginas: 1-7

  • Bases reguladoras

    Tipo: Resolución de 15/06/2009
    Fecha: 27/06/2009
    Publicado en: Boletín Oficial del Principado de Asturias
    Páginas: 1-11

  • Convocatoria para el año 2008

    Tipo: Resolución de 06/08/2008
    Fecha: 13/08/2008
    Publicado en: Boletín Oficial del Principado de Asturias
    Páginas: 18330-18332

  • Bases reguladoras

    Tipo: Resolución de 06/08/2008
    Fecha: 13/08/2008
    Publicado en: Boletín Oficial del Principado de Asturias
    Páginas: 18321-18330

  • Se amplía el plazo de justificación de la R.05/05/07

    Tipo: Resolución de 17/10/2007
    Fecha: 05/11/2007
    Publicado en: Boletín Oficial del Principado de Asturias
    Páginas: 20654-20655

  • Bases y convocatoria para el año 2007

    Tipo: Resolución de 15/05/2007
    Fecha: 13/06/2007
    Publicado en: Boletín Oficial del Principado de Asturias
    Páginas: 11538-11548

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