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Ayudas para el ticket de la consolidación empresarial y apoyo de la actividad económica de los autónomos, comunidades de bienes, sociedades civiles, micropymes y empresas de economía social

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas para el ticket de la consolidación empresarial y apoyo de la actividad económica de los autónomos, comunidades de bienes, sociedades civiles, micropymes y empresas de economía social

Inicio de la convocatoria:08/08/2014Fin de la convocatoria:30/09/2014

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Inversiones materialesMarketing y Promoción comercialConsultoría y asesoramiento externoBecasCalidadTIC y Sociedad de la Información

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 75,00 % ó 10.000,00 Euros 

Gastos subvencionados

Serán subvencionables:

  • para el caso 1.1, gastos derivados de la realización de encuestas, evaluación de satisfacción de clientes, estudios de mercado, estudios de geolocalización, implantación de sistemas para vigilancia tecnológica.
  • para el caso 2, gastos derivados del alquiler del expositor ó stand así como del canon de asistencia a ferias del sector al que pertenezcan; gastos de traducción a otros idiomas de los elementos de comunicación comercial (páginas web, dossieres, catálogos, folletos, cartelería, tarjetas de presentación, sobres, etiquetas, carpetas y facturas).
  • para el caso 1.3, gastos de consultoría derivados de la elaboración de planes de marketing.
  • para el caso 1.4, gastos derivados de la elaboración de logotipos, tarjetas de presentación, sobres, etiquetas, carpetas, facturas, catálogos, folletos, cartelería, rotulación así como del diseño y elaboración de embalajes y envases.
  • para el caso 1.5, gastos derivados de la contratación de soluciones y servicios tecnológicos directamente vinculados al proyecto e imprescindibles para su desarrollo y de licencias de software siempre que se adquieran en propiedad y no a través de licencias de uso.
  • para el caso 1.6, gastos derivados del canon de entrada de las empresas a asociaciones profesionales y/o clusters.
  • para el caso 2.1, gastos derivados de la elaboración de documentación del sistema de calidad de la empresa así como los derivados de la implantación de los sistemas de calidad.
  • para el caso 2.2, gastos derivados de la contratación de soluciones y servicios tecnológicos directamente vinculados al proyecto e imprescindibles para su desarrollo y de las licencias de software siempre que se adquieran en propiedad y no a través de licencias de uso.
  • para el caso 2.3, coste del curso y de la inscripción al mismo.
  • para el caso 2.4, adquisición del equipamiento técnico que esté directamente vinculado al proyecto y que sea imprescindible para su desarrollo.
  • para el caso 2.6, gastos derivados del diseño así como de la fabricación de un prototipo.
NO serán subvencionables: gastos de de personal, corrientes, recurrentes, de hardware, desplazamiento, alojamiento, manutención, dietas, ni de obras.

Acciones subvencionadas

Ayudas destinadas a favorecer la consolidación empresarial y apoyo de la actividad económica de los autónomos, sociedades civiles, comunidades de bienes, micropymes cualquiera que sea su forma de creación y empresas de economía social (cooperativas y sociedades laborales), que por motivos estructurales o coyunturales necesiten abordar proyectos de diversificación o crecimiento, con el fin último de que entren en una fase de consolidación en el mercado.
Estas ayudas están recogidas en el programa integral de Fomento para el Fomento de la Cultura emprendedora, previsto en el acuerdo por el empleo y el progreso de Asturias 2013-2015.

Líneas subvencionables:

  1. Actuaciones dirigidas a desarrollar programas de marketing y comercialización para mejorar el posicionamiento de la empresa en el mercado:
    1. Ayudas para investigación de mercados.
    2. Ayudas para desarrollar herramientas de comunicación comercial incluida su adaptación al mercado internacional.
    3. Ayudas para la consultoría en la elaboración de planes de marketing.
    4. Ayudas para implantación o mejora de la identidad corporativa de las empresas.
    5. Ayudas derivadas de la implantación de soluciones y servicios tecnológicos que contribuyan a la difusión y comercialización de los productos y servicios a través de Internet incluidas aquellas soluciones que mejoren el posicionamiento de la empresa a través de servicios seo (search engine optimization- optimización para los motores de búsqueda), SEM (search engine marketing-marketing en los motores de búsqueda) y SMM (social media marketing-marketing a través de redes sociales).
    6. Ayudas para fomentar la generación de redes empresariales o entidades de gestión nuevas así como para potenciar la pertenencia a las ya existentes.
  2. Actuaciones dirigidas a la generación de nuevos productos y/o servicios así como a la mejora de los existentes:
    1. Ayudas derivadas de la implantación de los sistemas de calidad.
    2. Ayudas para la mejora de las herramientas de gestión empresarial basadas en sofware ERPs (enterprise resource Planning-Planificación de Recursos empresariales).
    3. Ayudas para la formación no reglada, de carácter específico, para mejorar la cualificación profesional, del empresariado y del personal contratado.
    4. Ayudas para la adquisición de equipamiento técnico específico de la actividad a desarrollar.
    5. Ayudas para el diseño y fabricación de un prototipo.

Condiciones del pago

El pago de la subvención quedará condicionado a la presentación de la justificación de los gastos e inversiones realizadas.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaAsturias (Principado de)

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaAsturias (Principado de)



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Amplía el plazo de justificación

    Tipo: Resolución de 18/11/2014
    Fecha: 21/11/2014
    Publicado en: Boletín Oficial del Principado de Asturias
    Páginas: 1 (2014-19901)

  • Bases reguladoras. Deroga la R. 05/11/09

    Tipo: Resolución de 01/08/2014
    Fecha: 07/08/2014
    Publicado en: Boletín Oficial del Principado de Asturias
    Páginas: 1-9

  • Convocatoria para el año 2014

    Tipo: Resolución de 01/08/2014
    Fecha: 07/08/2014
    Publicado en: Boletín Oficial del Principado de Asturias
    Páginas: 1-4

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