Home www.subvencionesayudas.com

Ayudas para el fomento de la innovación tecnológica en el sector de la biotecnología

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas para el fomento de la innovación tecnológica en el sector de la biotecnología

Inicio de la convocatoria:04/01/2008Fin de la convocatoria:04/02/2008

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Investigación aplicada e InnovaciónInvestigación y desarrollo tecnológico

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 75,00 % ó 500.000,00 Euros

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: gastos de personal propio o contratado; costes de instrumental, aparatos, equipos y material fungible; costes de los servicios de asesoría y colaboraciones externas; gastos generales; otros de funcionamiento directamente derivados del proyecto. NO serán subvencionables: proyectos especiales de grandes empresas que efectúen investigaciones en una fase cercana a la comercialización; proyectos donde los gastos de I+D se haya efectuado con anterioridad a la solicitud de la ayuda.

Acciones subvencionadas

Ayudas para el fomento de la innovación tecnológica en el sector de la biotecnología, mediante los siguientes proyectos:

  1. estudios de viabilidad técnica previos a actividades de investigación industrial o de desarrollo experimental.
  2. proyectos de investigación industrial orientados a la investigación planificada.
  3. proyectos de desarrollo experimental dirigidos a la adquisición, commbinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes.

Las áreas temáticas subvencionables son:

  • área de biotecnología: 1. biotecnología de microorganismos y bioprocesos; 2. biotecnología de plantas; 3. biotecnología humana y animal; 4. desarrollos tecnológicos horizontales.
  • área de biomedicina: 1. enfermedades neoplásicas; 2. enfermedades cardiovasculares; 3. enfermedades del sistema nervioso y mentales; 4. enfermedades infecciosas y SIDA; 5. enfermedades genéticas, modelos de enfermedad y terapia; 6. enfermedades respiratorias; 7. enfermedades crónicas e inflamación; 8. investigación farmacéutica.

Condiciones del pago

El pago de las ayudas está supeditado a la presentación de la documentación.
Podrán realizarse abonos a cuenta de la ayuda concedida, previa justificación documental del gasto incurrido.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaMadrid

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaMadrid



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Convocatoria para el año 2007

    Tipo: Orden autonómica de 28/12/2006
    Fecha: 13/01/2007
    Páginas: 6-21 (141)

  • Bases y convocatoria para el año 2006

    Tipo: Orden autonómica de 12/01/2006
    Fecha: 26/01/2006
    Páginas: 28-47 (294)

La finalidad de este portal es de caracter informativo, su contenido ha sido obtenido del Ministerio de Fomento.
Si usted cree que cualquier parte de este portal constituye algún delito, póngase en contacto con nosotros con el fin de subsanarlo.
Política de Privacidad