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Ayudas para el desarrollo de las zonas rurales en las medianías

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas para el desarrollo de las zonas rurales en las medianías

Inicio de la convocatoria:21/02/2009Fin de la convocatoria:20/03/2009

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Inversiones materialesTurismo, Deporte, Cultura y Patrimonio

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 45,00 % ó 40.500,00 Euros

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: proyectos de rehabilitación y acondicionamiento de casas rurales; instalaciones anejas exclusivamente relacionadas con la actividad turística; mobiliario y equipamiento del inmueble necesario para su explotación turística (máx. 25% de la inversión total); costes generales derivados de la remuneración de técnicos (máx. 12% del coste total). NO serán subvencionables: aquellas edificaciones que no reúnan las condiciones establecidas en el artículo 3 del Decreto 18/1998, de 5 de marzo, de regulación y ordenación de los establecimientos de alojamiento de turismo rural (B.O.C nº 45, de 13.4.98); hoteles rurales; instalaciones móviles y estacionales de acampada, los campamentos, albergues, refugios o análogas; realización de obras complementarias en casas rurales que ya estén en funcionamiento; adquisición de inmuebles o suelo.

Acciones subvencionadas

Ayudas destinadas al desarrollo de áreas rurales de la medianía, a través de la potenciación del turismo rural, para la rehabilitación de edificaciones tradicionales como alojamientos de turismo rural.

Condiciones del pago

Con carácter general, las subvenciones se abonarán a los beneficiarios una vez que acrediten la finalización de la actuación objeto de la ayuda.
Podrá abonarse un anticipo no superior al 50% del importe de la subvención concedida, siempre que se haya comenzado la ejecución.
En ningún caso podrán acceder al abono anticipado aquellos proyectos que no cuenten con licencia de obras.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaCanarias (Islas)

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaCanarias (Islas)



Organismos e instituciones

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Convocatoria para el año 2009

    Tipo: Orden autonómica de 12/02/2009
    Fecha: 20/02/2009
    Páginas: 3391-3403 (240)

  • Bases y convocatoria para el año 2008

    Tipo: Orden autonómica de 05/05/2008
    Fecha: 14/05/2008
    Páginas: 9155-9168

  • Bases y convocatoria para el año 2006

    Tipo: Orden autonómica de 02/12/2005
    Fecha: 12/12/2005
    Páginas: 23524-23538 (1699)

  • Bases y convocatoria para el año 2005

    Tipo: Orden autonómica de 10/02/2005
    Fecha: 16/02/2005
    Páginas: 2403-2416 (189)

  • Bases y convocatoria para el año 2004

    Tipo: Orden autonómica de 19/02/2004
    Fecha: 11/03/2004
    Páginas: 3062-3074

  • Bases y convocatoria para el año 2003

    Tipo: Orden autonómica de 28/03/2003
    Fecha: 07/04/2003
    Páginas: 5111-5127 (559)

  • Bases y convocatoria para el año 2002

    Tipo: Orden autonómica de 18/06/2002
    Fecha: 26/06/2002
    Páginas: 11124-11138 (953)

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