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Ayudas para el desarrollo de espacios de búsqueda de empleo en el ámbito de la orientación para el empleo

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas para el desarrollo de espacios de búsqueda de empleo en el ámbito de la orientación para el empleo

Inicio de la convocatoria:09/10/2013Fin de la convocatoria:23/10/2013

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Creación empleoBecas

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: ó 26.000,00 Euros 

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: retribución anual bruta y a la cotización empresarial a la Seguridad Social para cada técnico/a a jornada completa; gastos generales y materiales (impresos, fotocopias y material fungible; material didáctico; suscripción prensa laboral; alquileres de los locales autorizados; alquiler de mobiliario y/o equipos informáticos; seguros; mantenimiento; suministro de energía eléctrica, agua, combustible para calefacción (si no está incluido en el alquiler).
NO serán subvencionables: intereses deudores de cuentas bancarias; intereses, recargos y sanciones administrativas y penales; gastos de procedimientos legales y judiciales; impuesto sobre el valor añadido recuperable; otros impuestos o tasas, salvo el impuesto personal sobre la renta en los casos que se contempla subvencionarlo; adquisición de mobiliario, equipos, vehículos, infraestructuras, bienes inmuebles y terrenos, tanto si son adquisiciones nuevas como de segunda mano; gastos de transacciones financieras; comisiones y pérdidas de cambio y de otro gastos puramente financieros, como, comisiones por mantenimiento de cuentas o transferencias; gastos de seguridad social generados por baja laboral de la persona trabajadora, tanto si es por enfermedad o accidente común, como por enfermedad o accidente profesional o por maternidad o paternidad; horas extraordinarias, pagos por beneficios, pagos en especie, vacaciones no efectuadas, dietas, plus de transporte, gastos de locomoción, indemnizaciones por muerte y traslados correspondientes, suspensiones, despidos, ceses o finalizaciones de contrato, percepciones por matrimonio o bajas por enfermedad o maternidad, dado que no son gastos directamente vinculados a las acciones subvencionadas; complementos o pluses salariales (antigüedad, conocimientos especiales, complementos de lugar, complementos en función del resultado de la empresa, complementos cantidad y calidad); gastos correspondientes a teléfonos móviles que no se encuentren contratados a nombre de la entidad subvencionada; tarjetas de carga de móviles, concurrencia del gasto de telefonía móvil y fijo en el mismo punto de actuación; gastos relacionados con el cumplimiento de los requisitos para obtener la subvención; gastos de formación y/o obtención de títulos no autorizados por el Servicio de Empleo de Cataluña; cuotas de colegios profesionales; gastos imputados que hayan sido documentados con facturas que no cumplan los requisitos legales aplicables; cualquier otro tipo de gasto que el Servicio de Empleo de Cataluña considere que no es imputable por su naturaleza o relación con la actuación subvencionada.

Acciones subvencionadas

Ayudas para actuaciones desarrolladas en espacios de búsqueda de empleo que, mediante la búsqueda organizada y sistemática de trabajo, preparando al demandante de empleo para un relanzamiento a la vida activa.

Condiciones del pago

Se efectuará la propuesta de pago de un anticipo del 90% de la subvención otorgada.
La propuesta de pago del 10% restante, quedará condicionada a que la entidad beneficiaria haya certificado la realización de la totalidad de las acciones previstas en la concesión de la subvención.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaCataluña (Generalitat de)

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaCataluña (Generalitat de)



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases y convocatoria para el año 2013

    Tipo: Orden autonómica de 25/09/2013
    Fecha: 08/10/2013
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 1-32

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