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Ayudas para el aprovechamiento de energías renovables

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas para el aprovechamiento de energías renovables

Inicio de la convocatoria:17/12/2014Fin de la convocatoria:16/01/2015

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Inversiones materialesMedio AmbienteAhorro energético y energías renovables

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 30,00 % ó 15.000,00 Euros 

Gastos subvencionados

Serán subvencionables:

  • para el caso 1, captadores solares térmicos, estructura de soporte, acumuladores, intercambiadores de calor, bombas de circulación, tuberías, válvulas y conexiones, vasos de expansión, aislamientos, sistema eléctrico y de control, equipos de medida y demás equipos secundarios, sistemas de telemonitorización y visualización de la producción energética (siempre que estos últimos no resulten de incorporación obligatoria conforme a la normativa vigente), montaje y conexionado del conjunto, mano de obra, montaje e instalación.
  • para el caso 2, sistema de tratamiento y alimentación de combustible, sistema de combustión u horno, caldera, bombas, vaso de expansión, acumuladores, sistema hidráulico (válvulas, codos, bombas, tuberías, etc.) asociado a la caldera, conexionado eléctrico y protecciones, sistemas de generación de frío asociados a la generación de calor mediante máquinas de absorción, sistemas eléctricos de control y monitorización, mano de obra, montaje e instalación.
  • para el caso 3, los relacionadas en los apartados anteriores para las áreas solar térmica y biomasa térmica.
  • para el caso 4, generadores fotovoltaicos y aerogeneradores, elementos de soporte y fijación, elementos de interconexión, baterías, reguladores, convertidores e inversores, tendidos eléctricos, baterías de acumulación y todo el conexionado necesario para la operación, mano de obra, montaje e instalación, sistemas de monitorización (compuestos por sensores, sistemas de adquisición de datos, sistemas de comunicación remota, etc.).
  • para el caso 5, sistemas de tratamiento (astillado/empacado), sistemas hidráulicos, mecánicos o de cualquier tipo asociados al accionamiento del sistema de tratamiento, sistemas de control, monitorización y telegestión del equipo, sistemas eléctricos asociados, accesorios y equipos auxiliares necesarios accionamiento y operación del sistema de tratamiento, siempre que estén físicamente unidos al sistema de tratamiento, como motores, grapas, pinzas o compuertas.
  • para el caso 6, sistemas de captación del recurso geotérmico, tales como intercambiadores, acumuladores o tuberías, sistemas de aprovechamiento mediante medios electromagnéticos (bombeo e intercambio directo), bomba de calor, sistema de regulación y medida de consumos energéticos, sistemas eléctricos de control y monitorización.
NO serán subvencionables: impuestos directos; impuestos indirectos; demás tasas y costes de carácter tributario; obra civil; realización de las memorias o proyectos técnicos:
  • para el caso 2, sistemas de distribución en los edificios (ra diadores, suelo radiante, tuberías, válvulas, etc.).
  • para el caso 5, equipos independientes de la maquinaria específica para el tratamiento que sirvan para su traslado, a menos que se trate de máquinas autopropulsadas.
  • para el caso 6, costes asociados a los equipos y sistemas que formen parte del sistema de climatización interno del edificio (suelo radiante, techo radiante, fancoils o unidades terminales de distribución de aire climatizado, radiadores, tuberías, válvulas, etc.).
NO serán subvencionables: impuestos directos; impuestos indirectos (v. gr. IVA), cuando los mismos sean susceptibles de recuperación o compensación; demás tasas y costes de carácter tributario; obra civil no asociada al proyecto; realización de las memorias o proyectos técnicos, no consideradas explícitamente como coste subvencionable; coste de la utilización de la mano de obra cuando sea efectuada con personal o medios propios.

Acciones subvencionadas

Ayudas para el aprovechamiento de energías renovables de uso propio mediante la aplicación de alguna de las siguientes tecnologías:

  1. Biomasa térmica.
  2. Fotovoltaica o mixta eólica-fotovoltaica aislada con y sin acumulación.
  3. Geotermia.

Condiciones del pago

El abono de las ayudas se hará previa justificación de la inversión realizada.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaCastilla-La Mancha

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaCastilla-La Mancha



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases y convocatoria para el año 2014. Deroga la O. 29/04/13

    Tipo: Orden autonómica de 02/12/2014
    Fecha: 16/12/2014
    Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
    Páginas: 38813-38844

  • Concesión de las ayudas de la O. 29/04/13

    Tipo: Resolución de 00/00/0000
    Fecha: 14/10/2013
    Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
    Páginas: 27483-27521

  • Bases y convocatoria para el año 2013. Deroga la O. 18/11/11

    Tipo: Orden autonómica de 29/04/2013
    Fecha: 21/05/2013
    Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
    Páginas: 13799-13832

  • Concesión de las ayudas de la R. 28/06/12

    Tipo: Resolución de 29/11/2012
    Fecha: 30/11/2012
    Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
    Páginas: 36387-36420

  • Correccion de errores en el apartado de justificación de la R. 28/06/12

    Tipo: Anuncio de 00/00/0000
    Fecha: 09/07/2012
    Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
    Páginas: 22438-22439

  • Convocatoria para el año 2012

    Tipo: Resolución de 28/06/2012
    Fecha: 29/06/2012
    Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
    Páginas: 21541-21569

  • Bases reguladoras. Se deroga la O. 12/05/08

    Tipo: Orden autonómica de 18/11/2011
    Fecha: 07/12/2011
    Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
    Páginas: 40619-40630

  • Concesión de ayudas de la R. de 08/10/10

    Tipo: Resolución de 28/07/2011
    Fecha: 16/08/2011
    Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
    Páginas: 28466-28486

  • Se reajusta el presupuesto de la R. 08/10/10

    Tipo: Resolución de 12/05/2011
    Fecha: 01/06/2011
    Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
    Páginas: 20888-20889

  • Bases y convocatoria para el año 2010

    Tipo: Resolución de 08/10/2010
    Fecha: 15/10/2010
    Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
    Páginas: 46952-46966

  • Concesión de la R.16/09/09

    Tipo: Resolución de 12/04/2010
    Fecha: 22/04/2010
    Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
    Páginas: 20304-20320

  • Se reajustan las cuantías de la R. 16/09/09

    Tipo: Resolución de 05/04/2010
    Fecha: 14/04/2010
    Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
    Páginas: 18338-18339

  • Convocatoria para el año 2009

    Tipo: Resolución de 16/09/2009
    Fecha: 22/09/2009
    Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
    Páginas: 39772-39787

  • Se modifica parcialmente las bases de la O.12/05/08

    Tipo: Orden autonómica de 16/02/2009
    Fecha: 26/02/2009
    Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
    Páginas: 8396-8401

  • Corrección de errores de la O.12/05/08

    Tipo: DOCM20080616Regulacion_3.pdf
    Fecha: 16/06/2008
    Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
    Páginas: 19642-19643

  • Bases reguladoras

    Tipo: Orden autonómica de 12/05/2008
    Fecha: 29/05/2008
    Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
    Páginas: 17564-17572

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