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Ayudas para adquisición y consolidación de infraestructuras tecnológicas

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas para adquisición y consolidación de infraestructuras tecnológicas

Inicio de la convocatoria:22/05/2008Fin de la convocatoria:22/06/2008

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Inversiones materialesInvestigación aplicada e InnovaciónInvestigación y desarrollo tecnológico

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 60,00 %

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: adquisición e instalación de equipamiento científico-tecnológico, incluyendo software de carácter especializado y destinado exclusivamente a actividades de desarrollo e innovación tecnológica. NO serán subvencionables: instalaciones exteriores y obras de construcción; terminales de usuario de personal no dedicado a actividades de desarrollo e innovación tecnológica; contratación de servicios telefónicos; material fungible de oficina y laboratorio (papelería, fotocopias, disquetes, material de vidrio y reactivos, material cartográfico, etc.); viajes y dietas; mobiliario de oficina y aparatos ofi máticos; equipamiento de docencia (retroproyector, cañones, etc.); equipamiento informático (hardware y software) destinado a tareas de ofimática, gestión o docencia; reparaciones, mantenimiento, seguros y, en general, conceptos que no estén directamente ligados a actividades de desarrollo e innovación tecnológica; los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

Acciones subvencionadas

Ayudas para la adquisición y consolidación de infraestructuras tecnológicas.

Condiciones del pago

El pago de la subvención concedida al beneficiario se realizará en forma de pago único anticipado, a la cuenta bancaria que figure en la solicitud, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaMurcia (Región de)

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaMurcia (Región de)



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases y convocatoria para el año 2008

    Tipo: Orden autonómica de 24/04/2008
    Fecha: 22/05/2008
    Páginas: 16151-16161 (5830)

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