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Ayudas para acciones de extensión de la cultura emprendedora y fomento del espíritu empresarial

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas para acciones de extensión de la cultura emprendedora y fomento del espíritu empresarial

Inicio de la convocatoria:08/11/2008Fin de la convocatoria:09/12/2008

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Inicio nueva actividad

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 80,00 %

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: gastos de promoción y difusión de la actividad a realizar; edición de documentación u otro material soporte de la actividad; contratación de ponentes; gastos de personal directamente imputables a la gestión y realización de las acciones relacionadas con el Día de la Persona Emprendedora; cualquier otro gasto corriente directamente imputable a la realización de la actividad, excluidos los de la actividad corriente diaria de la entidad solicitante. NO serán subvencionables: gastos subvencionables las cantidades soportadas en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido, salvo que no pueda ser repercutido, u otros impuestos.

Acciones subvencionadas

Ayudas para impulsar la iniciativa emprendedora como motor de desarrollo económico, creador de empleo y cohesionador social.

Actividades subvencionables:

  • fomentar la iniciativa emprendedora mediante acciones de comunicación y difusión.
  • editar materiales impresos o audiovisuales para promover la cultura y los valores asociados al emprendizaje.
  • generar espacios de encuentro (jornadas de puertas abiertas, mesas redondas, ponencias, talleres formativos, etc.) con personas emprendedoras para compartir sus conocimientos, experiencias y nuevas estrategias.
  • crear espacios de emprendizaje mediante el uso de las TICs.
  • estimular la creatividad y la búsqueda de nuevas oportunidades de negocio.
  • organizar actos de reconocimiento, concursos y entrega de premios a proyectos empresariales.
  • asesorar e informar a personas para que inicien sus propios proyectos empresariales y los puedan consolidar con éxito.
  • fortalecer la imagen del empresariado y despertar vocaciones empresariales.
  • aquellas otras actividades no encuadradas en alguno de los anteriores puntos pero que a juicio de la Dirección de Promoción de Actividades Emprendedoras contribuyan los objetivos de este programa.

Condiciones del pago

El abono de las subvenciones se realizará de la siguiente forma:

  • se procederá al pago del 50% del importe concedido, tras la notificación de la resolución.
  • se procederá al abono de la subvención restante hasta la liquidación definitiva, previa presentación de la documentación justificativa que permita comprobar tanto la realización de las actividades subvencionadas como el grado de consecución de los objetivos perseguidos.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaPaís Vasco

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaPaís Vasco



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases reguladoras

    Tipo: Orden autonómica de 22/10/2008
    Fecha: 05/11/2008
    Páginas: 26870-26879

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