Séptimo Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico (2007-2013): Capacidades - Apoyo al desarrollo coherente de las políticas de investigación Séptimo Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico (2007-2013)
Denominación:Fondo Social Europeo (FSE 2007-2013)
Inicio de la convocatoria:01/01/2007Fin de la convocatoria:31/12/2013
Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido
Objeto de la ayuda:Investigación aplicada e Innovación
Seran subvencionables: el FSE contribuirá a sufragar el gasto subvencionable, el cual, no obstante lo dispuesto en el artículo 53, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº1083/2006, podrá incluir cualquier tipo de recursos financieros aportados colectivamente por empresarios y trabajadores. La asistencia consistirá en ayudas individuales o globales no reembolsables, ayudas reembolsables, bonificiaciones de intereses, microcréditos, fondos de garantía y adquisición de bienes y servicios en cumplimiento de la normativa en materia de contratos públicos.
Los siguientes costes serán gastos que podrán acogerse a una subvención del FSE, siempre que se realicen respetando las normas nacionales, incluidas las contables, y que se efectúen bajo las condiciones específicas que se exponen a continuación:
NO serán subvencionables los gastos siguientes:
El Fondo Social Europeo (FSE) es uno de los instrumentos financieros de la Política de Cohesión de la Unión Europea, para el periodo 2007-2013, el cual está estructurado en tres objetivos:
El FSE reforzará la cohesión social y económica apoyando las políticas de los Estados miembros destinadas a alcanzar el pleno empleo así como la calidad y la productividad laboral, promover la inclusión social, en particular, el acceso al empleo de las personas desfavorecidas, y por reducir las disparidades nacionales, regionales y locales en cuanto a empleo.
Las actividades apoyadas por FSE bajo los objetivos de convergencia y competitividad, pertenecerán a una de las prioridades siguientes:
Además, el FSE apoyará acciones que se lleven a cabo en los Estados miembros y que atiendan a la sprioridades que se enumeran a continuación:
Además de, el FSE respaldará el fomento y la integración de las actividades innovadoras y transnacional e interregional, en particular, a través del intercambio de información, experiencias, resultados y bueneas prácticas y del desarrollo de planteamientos complementarios.
Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:Unión Europea
Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:Unión Europea
Nombre de la institución: Comisión Europea | Dirección: Rue Maria de Bourgogne, 52 - 1049 Bruselas | Teléfono / Tlf.:...más información
Tipo: Reglamento comunitario de 08/12/2006
Fecha: 27/12/2006
Páginas: -71-1-
Tipo: Reglamento comunitario de 11/06/2006
Fecha: 31/07/2006
Páginas: 25-78