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Fondo Social Europeo (FSE 2000-2006)

Información general de la subvención

Denominación:Fondo Social Europeo (FSE 2000-2006)

Inicio de la convocatoria:01/01/2000Fin de la convocatoria:31/12/2006

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Proyectos sociales, Vivienda y otrosBecas

Gastos subvencionados

Son acciones subvencionables, dentro de los programas operativos de las zonas objetivo 3: las ayudas a las personas en materia de educación y formación (como formación inicial, aprendizaje, mejora de la accesibilidad al empleo, orientación, formación continua); ayudas al empleo y a las actividades profesionales no remuneradas; formación para los ejecutivos y técnicos de centros de investigación y de empresas; aprovechamiento de los nuevos yacimientos de empleo, en especial en la economía social; mejora de las estructuras educativas y formativas (a través de la formación del personal docente y de los formadores, entre otras cosas), de los servicios de apoyo al empleo y de los vínculos con los centros de investigación; previsión de la evolución de los modelos de trabajo y de las necesidades de empleo; igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

Acciones subvencionadas

El Fondo Social Europeo es el principal instrumento de la política social comunitaria y financia acciones en favor de la formación, la reconversión profesional y la inserción profesional, prestando especial atención a la mejora del funcionamiento del mercado laboral y a la reinserción profesional de los desempleados. A través del FSE se financian los programas operativos del Marco Comunitario de Apoyo (MCA) de las zonas objetivo 1 y 3, los Documentos

Condiciones del pago

Los compromisos presupuestarios comunitarios se efectúan anualmente sobre la base de la decisión de participación de los Fondos.
El primer compromiso se llevará a cabo cuando la Comisión establezca su decisión de aprobar la intervención. Los compromisos siguientes se efectuarán, por regla general, antes del 30 de abril de cada año.
La Comisión abonará la participación de los Fondos de conformidad con los compromisos presupuestarios a la autoridad pagadora.
La autoridad pagadora velará por que los beneficiarios finales reciban los importes de la participación de los fondos a los que tengan derecho.
El pago podrá revestir la forma de anticipos, pagos intermedios o pagos de saldo.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:Unión Europea

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:Unión Europea



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Disposiciones del Parlamento y el Consejo Europeo

    Tipo: Reglamento comunitario de 12/07/1999
    Fecha: 13/08/1999
    Páginas: --5-

  • Disposiciones generales

    Tipo: Reglamento comunitario de 21/06/1999
    Fecha: 26/06/1999
    Páginas: -2-1-

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