Ayudas en materia de energía: fomento energías renovables - instalaciones solares térmicas de hasta 2 colectores solares Ayudas para la promoción del ahorro y la eficiencia energética: equipamientos térmicos de baja potencia existentes
Denominación:Ayudas en régimen reglado a la realización de inversión en materia de energías renovables
Inicio de la convocatoria:22/07/2010Fin de la convocatoria:18/09/2010
Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido
Objeto de la ayuda:Medio AmbienteAhorro energético y energías renovables
Serán subvencionables: Para el caso 1, para instalaciones de calderas de producción de agua caliente para calefacción: el sistema de almacenamiento y el de alimentación de la biomasa; la caldera y accesorios; el sistema hidráulico asociado a la caldera; los sistemas eléctricos, de control y de monitorización de la instalación; la obra civil y los estudios y proyectos de ingeniería asociados. Para instalaciones de estufas y chimeneas del tipo insertables, será elegible sólo el coste del propio elemento o equipo. Para el caso 2, instalaciones de energía solar térmica: el coste de los equipos y las instalaciones, así como el montaje y la conexión del conjunto, la obra civil asociada, el diseño de ingeniería de la instalación, la dirección de obra, la puesta en marcha, la documentación técnica, los manuales de uso y operación y las tramitaciones de permisos y ayudas. Para el caso 3, el coste de los equipos e instalaciones, los módulos fotovoltaicos y/o los aerogeneradores, si es el caso; las baterías, si las hay; los reguladores, convertidores, líneas eléctricas y conexiones; la obra civil asociada; la puesta en marcha; la dirección e ingeniería de proyecto; la documentación técnica; los manuales de uso y operación; y la tramitación de permisos y ayudas. NO serán subvencionables, en el caso 1, los costes asociados al montaje, transporte e instalación de los equipos y sistemas, así como los equipos que formen parte del sistema de calefacción interno del edificio
Ayudas en régimen reglado para la realización de inversión en materia de energías renovables. Las ayudas se dirigirán a:
El pago de la subvención se hará efectivo en una única entrega, tras la justificación y las actuaciones de seguimiento necesarias.
Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaCataluña (Generalitat de)
Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaCataluña (Generalitat de)
Nombre de la institución: Instituto Catalán de Energía (ICAEN) / Departamento Economía y Finanzas / Generalitat de Cataluña | Dirección: C/ Pamplona, 113, 3a. pta. - 8018 Barcelona | Teléfono / Tlf.:...más información
Nombre de la institución: Instituto Catalán de Energía (ICAEN) / Departamento Economía y Finanzas / Generalitat de Cataluña | Dirección: C/ Pamplona, 113, 3a. pta. - 8018 Barcelona | Teléfono / Tlf.:...más información
Tipo: Orden autonómica de 14/06/2010
Fecha: 21/07/2010
Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
Páginas: 56099-56128
Tipo: Orden autonómica de 15/09/2009
Fecha: 28/09/2009
Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
Páginas: 71969-72017
Tipo: Orden autonómica de 04/06/2008
Fecha: 01/07/2008
Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
Páginas: 49527-49542