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Ayudas en el ámbito del comercio, servicios, ferias, la artesanía y la moda

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas en el ámbito del comercio, servicios, ferias, la artesanía y la moda

Inicio de la convocatoria:10/10/2014Fin de la convocatoria:20/06/2014

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Marketing y Promoción comercial

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 60,00 % ó 25.000,00 Euros 

Gastos subvencionados

Serán subvencionables:

  • para el programa 1, gastos de contratación del espacio y del stand; seguros del material a exponer; alquiler de mobiliario; elementos de difusión, promoción y publicidad; los gastos del montaje y desmontaje del stand; gastos del personal contratado externo (azafatas, seguridad, etc); gastos de desplazamiento y alojamiento.
  • para el programa 2, 3 y 5, gastos directamente relacionados con el proyecto (con un límite del 20% del total de ayuda para gastos de personal contratado o gestión y estructura); gastos generados por el desarrollo de la actividad hacia una actuación de cluster, excluyendo las cuotas de afiliación.
  • para el programa 4, actuaciones en defensa de la artesanía y la moda; actuaciones que fomenten las economías de escala; actuaciones que fomenten sinergias entre diferentes ámbitos, turismo, gastronomía, cultura, etc.; actuaciones que impliquen una mejora de la experiencia de compra y servicios a los consumidores; actuaciones que impliquen la asunción de nuevas responsabilidades por parte del beneficiario; herramientas necesarias para actuaciones de implementación de tarjeta de fidelización; gastos del desarrollo de la actividad hacia una actuación de clúster, excluyendo las cuotas de afiliación.
  • para el programa 5, gastos de personal contratado o gestión y estructura.
  • para el programa 6, gastos de adquisición de herramientas o equipamientos informáticos (hardware, software) o TICs, para impulsar la innovación en los procesos de negocio; gastos de los servicios contratados para desarrollar acciones de promoción y internacionalización; gastos de comunicación y promoción y gastos de logística.
  • para el programa 7, gastos generados del traspaso y consignados y pagados a través del contrato de compra-venta.
  • para el programa 8, dominio, hosting, diseño, programación y mantenimiento de la página de eCommerce de la propia empresa; creación y desarrollo del APP (eMobile), o en su defecto del Msite; gastos de comunicación directamente relacionados con la promoción de las nuevas herramientas (eCommerce y APP o Msite).

NO serán subvencionables:

  • para el programa 1, gastos propios de personal, cáterings, alimentación ni dietas de manutención.
  • para el programa 4, estudios, gastos de gestión y funcionamiento de la entidad.
  • para el programa 7, gastos fuera del mencionado contrato.

Acciones subvencionadas

Ayudas para promocionar e impulsar el sector comercial, de servicios, el artesanal y el apoyo a la moda catalana, y fomentar la competitividad y la calidad de estos sectores.

Servicios a la persona son aquellas actividades empresariales que se relacionan a continuación:

  • Servicios de reparaciones.
  • Agencias de viajes detallistas.
  • Tintorería y lavanderías.
  • Peluquería y estética.
  • Bares y restaurantes.

Programas:

  • Programa 1: Participación en ferias, salones y pasarelas de ámbito profesional, multisectorial o monográficas.
  • Programa 2: Fomento del comercio de proximidad asociado.
  • Programa 3: Dinamización de una zona de alta concentración comercial.
  • Programa 4: Actuaciones innovadoras lideradas por las asociaciones del comercio, los servicios, la artesanía y la moda.
  • Programa 5: Fomento sectorial.
  • Programa 6: Centrales de compra.
  • Programa 7: Para la transmisión de empresas de comercio, servicios, artesanía y moda en funcionamiento.
  • Programa 8: Creación del eCommerce del establecimiento de venta presencial.

Condiciones del pago

El pago del 100% del incentivo se tramitará una vez se haya comprobado la justificación de la realización del proyecto subvencionado.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaCataluña (Generalitat de)

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaCataluña (Generalitat de)



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Modifica la R. 14/05/14 en cuanto a dotación y plazo de solicitud

    Tipo: Resolución de 03/10/2014
    Fecha: 09/10/2014
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 1-2

  • Bases y convocatoria para el año 2014

    Tipo: Resolución de 14/05/2014
    Fecha: 19/05/2014
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 1-21

  • Bases y convocatoria para el año 2013

    Tipo: Resolución de 00/00/0000
    Fecha: 13/08/2013
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 1-19

  • Concesión de ayudas para el año 2011

    Tipo: Resolución de 23/11/2012
    Fecha: 05/12/2012
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 60830

  • Se modifican las bases

    Tipo: Resolución de 25/06/2012
    Fecha: 06/07/2012
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 35226

  • Se modifica la R. 30/03/12

    Tipo: Resolución de 24/04/2012
    Fecha: 09/05/2012
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 23986-23987

  • Bases y convocatoria para el año 2012

    Tipo: Resolución de 30/03/2012
    Fecha: 24/04/2012
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 21155-21177

  • Bases y convocatoria para el año 2011

    Tipo: Resolución de 29/07/2011
    Fecha: 22/08/2011
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 45818-45839

  • Convocatoria para el año 2010

    Tipo: Resolución de 00/00/0000
    Fecha: 22/02/2010
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 12714-12727

  • Se modifica el presupuesto de la R.IUE/507/2009, de 12/02/09

    Tipo: Resolución de 30/07/2009
    Fecha: 18/09/2009
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 69251

  • Corrección de errores en el texto de la R.IUE/507/2009

    Tipo: DOGC20090424Regulacion_1.pdf
    Fecha: 24/04/2009
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 34089

  • Bases y convocatoria para el año 2009

    Tipo: Resolución de 12/02/2009
    Fecha: 04/03/2009
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 17642-17654

  • Bases y convocatoria para el año 2008

    Tipo: Resolución de 11/02/2008
    Fecha: 20/02/2008
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 13489-13503

  • Se amplía el plazo de solicitud de la R.IUE/820/2007, de 16/03/07

    Tipo: Resolución de 10/05/2007
    Fecha: 18/05/2007
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 17198

  • Bases y convocatoria para el año 2007

    Tipo: Resolución de 16/03/2007
    Fecha: 30/03/2007
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 11888-11893

  • Bases y convocatoria para el año 2006

    Tipo: Resolución de 08/05/2006
    Fecha: 29/05/2006
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 24037-24038

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