Denominación:Ayudas del programa de proyectos e investigación
Inicio de la convocatoria:28/06/2013Fin de la convocatoria:17/07/2013
Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido
Objeto de la ayuda:Investigación aplicada e Innovación
Serán subvencionables: costes de personal; actividades; gastos de viaje y estancia; gastos específicos relacionados con el grupo de destinatarios; honorarios de expertos; gastos de inversión; tributos; costes indirectos.
NO serán subvencionables: el IVA, excepto cuando el beneficiario justifique que no puede cobrarlo, mediante la presentación del correspondiente certificado; rendimientos del capital; intereses deudores; comisiones de cambio; pérdidas de cambio; provisiones para pérdidas o deudas futuras; intereses adeudados; créditos de dudoso cobro; multas; sanciones económicas; gastos de pleitos y gastos excesivos e imprudentes; gastos de representación exclusivamente para el personal del proyecto; costes declarados por el beneficiario y cubiertos por otro proyecto o programa de trabajo que reciban una subvención comunitaria; compra de terrenos y adquisición de bienes inmuebles así como inversiones en cocinas, restaurantes e instalaciones deportivas o recreativas; contribuciones en especie (incluyen todos los bienes, servicios y cantidades de dinero recibidos sin compensación, pueden ser en forma de trabajo voluntario, puesta a disposición de bienes y servicios, donaciones, regalos, premios y recompensas, descuentos); gastos originados por los miembros de Juntas Directivas o Consejos de Dirección de las entidades, derivados del desarrollo de esa función; intereses deudores de las cuentas bancarias; intereses, recargos y sanciones administrativas y penales; gastos de procedimientos judiciales; gastos de hipoteca, gastos financieros y gastos legales.
Ayudas para:
El pago de las subvenciones se realizará con carácter anticipado.
Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:España
Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:España
Nombre de la institución: Dirección General Migraciones / Secretaría General de Inmigración y Emigración / Ministerio de Empleo y Seguridad Social | Dirección: C/ José Abascal, 39 Planta Baja - 28003 Madrid | Teléfono / Tlf.:...más información
Tipo: Resolución de 10/06/2013
Fecha: 27/06/2013
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 48227-48238 (6975)
Tipo: Resolución de 22/01/2013
Fecha: 04/04/2013
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 25410-25416 (3622)
Tipo: Resolución de 07/08/2012
Fecha: 11/08/2012
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 57706-57715 (10747)
Tipo: Orden Ministerial de 19/07/2012
Fecha: 21/07/2012
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 52658-52679 (9805)
Tipo: Resolución de 29/06/2011
Fecha: 08/07/2011
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 72927-72932 (11746)
Tipo: Resolución de 20/12/2010
Fecha: 29/12/2010
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 108379-108385 (20039)
Tipo: Resolución de 21/10/2010
Fecha: 19/11/2010
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 96704-96716 (17790)
Tipo: Resolución de 13/05/2010
Fecha: 24/05/2010
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 45486-45487 (8297)
Tipo: Resolución de 10/11/2009
Fecha: 17/11/2009
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 97766-97772 (18345)
Tipo: Resolución de 05/03/2009
Fecha: 13/03/2009
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 25133-25138 (4243)
Tipo: Resolución de 13/10/2008
Fecha: 21/10/2008
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 42017-42020
Tipo: Resolución de 20/02/2008
Fecha: 21/02/2008
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 10218-10221 (3253)
Tipo: BOE20070619Regulacion_9.pdf
Fecha: 19/06/2007
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 26734 (12080)
Tipo: Resolución de 05/06/2007
Fecha: 08/06/2007
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 25170-25173 (11430)