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Ayudas de fomento de las artes escénicas para el sector de la danza

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas de fomento de las artes escénicas para el sector de la danza

Inicio de la convocatoria:11/07/2014Fin de la convocatoria:25/07/2014

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Turismo, Deporte, Cultura y Patrimonio

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: ó 40.000,00 Euros 

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: gastos corrientes; gastos directamente relacionados con la actividad artística del proyecto presentado.
NO serán subvencionables: adquisición de material inventariable y adquisiciones patrimoniales; costes indirectos que no correspondan al periodo en que efectivamente se realiza la actividad; impuestos indirectos que sean susceptibles de recuperación o compensación, así como los impuestos personales sobre la renta; intereses deudores de las cuentas bancarias, ni los intereses, recargos y sanciones administrativas o penales.

Acciones subvencionadas

Ayudas para contribuir al mantenimiento y la consolidación de la danza de carácter profesional, dentro del ámbito competencial de la Generalitat, a través de la potenciación de las diferentes actividades que se desarrollan en este sector, con el fin último de que los ciudadanos puedan disponer de una oferta diversificada y de calidad durante el periodo de noviembre de 2013 a octubre de 2014, ambos inclusive.

Modalidades subvencionables:

  1. Ayudas a la producción coreográfica y/o giras de empresas de danza.
  2. Ayudas a proyectos emergentes de producción coreográfica.
  3. Ayudas a entidades sin ánimo de lucro.
  4. Ayudas a la formación, investigación y edición.
  5. Ayudas para la realización de festivales y muestras.

Condiciones del pago

El pago de estas ayudas se realizará de una sola vez, siempre que la actividad se haya realizado de acuerdo con el programa presentado y se justifique correctamente el empleo de la misma en el plazo establecido al efecto.
Una vez revisada y comprobada la justificación, se procederá al pago de la subvención en los plazos legalmente establecidos.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaValenciana (Comunidad)

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaValenciana (Comunidad)



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases y convocatoria para el año 2014

    Tipo: Orden autonómica de 08/07/2014
    Fecha: 10/07/2014
    Publicado en: Diario Oficial Generalitat Valenciana
    Páginas: 17156-17180

  • Bases y convocatoria para el año 2002

    Tipo: Orden autonómica de 12/04/2002
    Fecha: 02/05/2002
    Publicado en: Diario Oficial Generalitat Valenciana
    Páginas: 12275-12287

  • Bases y convocatoria para el año 2001

    Tipo: Orden autonómica de 27/03/2001
    Fecha: 06/04/2001
    Publicado en: Diario Oficial Generalitat Valenciana
    Páginas: 7355-7369

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