Denominación:Ayudas al Programa de Banda Ancha (2005-2007)
Inicio de la convocatoria:29/01/2005Fin de la convocatoria:21/02/2005
Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido
Objeto de la ayuda:TIC y Sociedad de la Información
Serán subvencionables: adquisición de los terrenos necesarios para la implantación del proyecto; traídas y acometidas de servicios; urbanización y obras exteriores adecuadas a las necesidades del proyecto; edificación de obra civil (en oficinas, laboratorios, servicios sociales y sanitarios del personal, almacenamiento de materias primas, edificios de producción, edificios de servicios industriales, almacenamiento de productos terminados y otras obras vinculadas al proyecto); bienes de equipo consistentes en maquinaria de proceso, generadores térmicos, elementos y equipos de transporte interior, vehículos especiales de transporte exterior, equipos de medida y control, medios de protección del medio ambiente y medios y equipos de prevención de riesgos laborales. En el sector del transporte se exceptúa la adquisición de activos móviles; bienes de equipo necesarios para servicios de electricidad, suministro de agua potable, instalaciones de seguridad, depuración de aguas residuales y otros ligados al proyecto; trabajos de planificación, ingeniería de proyecto y dirección facultativa de los trabajos; otras inversiones en activos fijos materiales; inversiones en activos fijos inmateriales (adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos, en cuantía no superior al 25% del importe de los terrenos, edificios y equipamientos objeto de subvención); adquisición de un establecimiento (costes de readquisición de los activos siempre que la transacción tenga lugar en condiciones de mercado); estudios de viabilidad o de diagnóstico por empresas asesoras externas; excepcionalmente serán subvencionables la maquinaria y los bienes usados, cuando se adquieran en condiciones de mercado. NO serán subvencionables: impuesto sobre el valor añadido recuperable.
Ayudas para inversiones destinadas a la implantación o extensión de infraestructuras y servicios de banda ancha en los núcleos y entidades de población carentes de los mismos.
Se podrá anticipar hasta un 50% de la subvención acordada o el porcentaje que así venga determinado, sin exceder de la anualidad concedida.
Cuando la cuantía de la inversión proyectada y de la ayuda concedida lo hagan aconsejable, el abono de la cuantía total de la subvención podrá imputarse a distintos ejercicios presupuestarios.
Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaCastilla y León
Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaCastilla y León
Nombre de la institución: Consejería Fomento / Junta de Castilla y León | Dirección: C/ Rigoberto Cortejoso, 14 - 47014 Valladolid | Teléfono / Tlf.:...más información
Nombre de la institución: Dirección General Telecomunicaciones / Consejería Fomento / Junta de Castilla y León | Dirección: C/ Rigoberto Cortejoso, 14 - 41074 Valladolid | Teléfono / Tlf.:...más información
Tipo: Orden autonómica de 20/01/2005
Fecha: 28/01/2005
Páginas: 1630-1638