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Ayudas al funcionamiento de las unidades de promoción y desarrollo - Galicia

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas al funcionamiento de las unidades de promoción y desarrollo - Galicia

Inicio de la convocatoria:15/01/2009Fin de la convocatoria:15/06/2009

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Creación empleo

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 33.010,00 Euros

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: salarios derivados de los contratos; costes del funcionamiento de la unidad de promoción y desarrollo; medios y materiales de consumo y oficina; amortización de instalaciones y equipos; alquiler de instalaciones, maquinaria y equipos; gastos generales; póliza de responsabilidad civil para hacer frete a los riesgos; gastos de funcionamiento para el desarrollo del proyecto; . NO serán subvencionables: gastos de inversión (adquisición de inmuebles, instalaciones, maquinarias y equipos); alquileres de edificios, locales o similares; gastos financieros generados por avales, anticipos bancarios o análogos; leasing; indemnizaciones por muerte y las correspondientes a traslados, suspensiones, despidos, ceses o finalizaciones de contratos.

Acciones subvencionadas

Ayudas al funcionamiento de unidades de promoción y desarrollo, los cuales constituyen un instrumento que, mediante la elaboración de planes y proyectos integrales de ejecución de políticas activas de empleo, tienen como objetivo último la inserción laboral de desempleados.

Condiciones del pago

El pago se abonará una vez iniciada la primera fase, y después de la justificación del inicio mediante la oportuna certificación emitida por la entidad promotora, se le pagará a ésta, en concepto de anticipo, una cantidad equivalente al coste subvencionado para ese período; finalizada la fase anterior y previa justificación de gastos, se le pagará al promotor, en concepto de pago a cuenta de la liquidación definitiva y a medida que el beneficiario justifique los gastos, una cantidad equivalente al coste subvencionado correspondiente a la nueva fase; el 30% restante se le pagará a la entidad promotora una vez finalizado el proyecto, justificados todos los gastos y presentada acta de liquidación del expediente.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaGalicia

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:España



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases y convocatoria para el año 2008

    Tipo: Orden autonómica de 21/12/2007
    Fecha: 15/01/2008
    Páginas: 975-1018

  • Bases y convocatoria para el año 2005

    Tipo: Orden autonómica de 31/01/2005
    Fecha: 03/02/2005
    Páginas: 1828-1841

  • Bases y convocatoria para el año 2004

    Tipo: Orden autonómica de 06/03/2004
    Fecha: 22/03/2004
    Páginas: 3800-3813

  • Bases y convocatoria para el año 2003

    Tipo: Orden autonómica de 27/12/2002
    Fecha: 08/01/2003
    Páginas: 228-230

  • Bases y convocatoria para el año 2002

    Tipo: Orden autonómica de 04/04/2002
    Fecha: 29/04/2002
    Páginas: 5931-5943

  • Bases y convocatoria para el año 2001

    Tipo: Orden autonómica de 22/06/2001
    Fecha: 11/07/2001
    Páginas: 9328-9338

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