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Ayudas al fomento de la accesibilidad y señalización en los recursos turísticos en el medio rural

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas al fomento de la accesibilidad y señalización en los recursos turísticos en el medio rural

Inicio de la convocatoria:19/03/2015Fin de la convocatoria:18/04/2015

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Turismo, Deporte, Cultura y Patrimonio

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 100,00 % ó 5.000,00 Euros 

Gastos subvencionados

Serán gastos elegibles: la puesta a disposición de TIC en los recursos turísticos (principalmente accesibilidad visual y auditiva); la construcción, adquisición o mejora de inmuebles, así como la adquisición de terrenos (hasta un 10 % del importe de la operación); los equipamientos y material no fungible para acondicionamiento de los recursos; la adquisición de maquinaria y equipos necesarios para la actuación (incluidas las aplicaciones informáticas); los costes generales asociados a las inversiones, como honorarios de redacción de proyectos, ingenieros y asesores, así como estudios de viabilidad (hasta el 20 % del gasto subvencionable).

No son gastos subvencionables: la reposición o mera sustitución de equipamiento y maquinaria; el equipamiento y materiales no fungibles de segunda mano; las obras de mantenimiento; los gastos de intereses deudores en cuentas bancarias, los derivados de recargos y sanciones administrativas y penales; los impuestos indirectos (IVA) ni los impuestos personales sobre la renta.
Además, en la adquisición de bienes y servicios mediante contratos públicos, no son subvencionables: los pagos efectuados por el contratista a la administración en concepto de tasa de dirección de obra o control de calidad; cualesquiera otros conceptos que supongan ingresos o descuentos que se deriven de la ejecución del contrato; ni los pagos efectuados por el beneficiario que se deriven de la ejecución de los contratos públicos.

Acciones subvencionadas

Ayudas a las actuaciones de mejora de la accesibilidad física y señalización en los siguientes recursos turísticos: espacios naturales que sean miradores y rutas de senderismo, playas marítimas y fluviales y bienes de interés cultural (BIC).

Son subvencionables las siguientes actuaciones:

  • Construcción, ampliación o mejora de aparcamientos.
  • Pavimentación de los accesos al recurso, pasarelas, rampas y eliminación de barreras arquitectónicas.
  • Construcción o rehabilitación o mejora de las instalaciones que contribuyan a mejorar los accesos y circulación de los visitantes y/o dotación de equipamientos de las referidas instalaciones.
  • Rehabilitación o mejora de la accesibilidad de los espacios naturales y/o dotación de equipamientos en estos.
  • Señalización, información visual e información táctil.

Esta actuación se encuadra dentro de la medida 313 del PDR de Galicia 2007-2013.

Condiciones del pago

Las ayudas se abonarán tras la justificación de la ejecución de la actividad subvencionada y de su correspondiente comprobación.
Podrán concederse pagos a cuenta y pagos anticipados. El importe del anticipo no podrá superar el 50 % de la ayuda vinculada a la inversión y, para cobrarse, se deberá constituir una garantía bancaria o garantía equivalente del 110 % del importe anticipado.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaGalicia

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaGalicia



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases y convocatoria para el año 2015

    Tipo: Resolución de 06/03/2015
    Fecha: 18/03/2015
    Publicado en: Diario Oficial de Galicia
    Páginas: 10977-11011

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