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Ayudas al empleo con apoyo en el mercado ordinario de trabajo para personas con discapacidad (Cataluña)

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas al empleo con apoyo en el mercado ordinario de trabajo para personas con discapacidad (Cataluña)

Inicio de la convocatoria:22/11/2013Fin de la convocatoria:29/11/2013

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Creación empleo

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: ó 33.000,00 Euros 

Gastos subvencionados

Serán subvencionables:

  • para el caso 1, costes derivados de la contratación de un/a técnico/a de acompañamiento y apoyo a la inserción (retribución anual bruta y cotización empresarial en la Seguridad Social); gastos en que esa persona incurra en el ejercicio de sus funciones.
  • para el caso 2, contrato de trabajo suscrito sea a jornada completa y de duración superior a 6 meses.

NO serán subvencionables: gastos de Seguridad Social generados por la baja laboral de la persona técnica de acompañamiento y apoyo a la inserción; vacaciones no efectuadas; pagos en especie; indemnizaciones por muerte y las correspondientes a traslados, suspensiones, despidos, ceses o finalización de contrato; conceptos salariales de productividad o plusvalía.

Acciones subvencionadas

Ayudas a las entidades que utilicen la metodología Trabajo con Apoyo para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral de las personas con discapacidad y/o enfermedad mental en el mercado de trabajo ordinario.

Actuaciones subvencionables:

  1. Acciones para la inserción laboral en la empresa ordinaria de las personas con discapacidad y/o enfermedad mental mediante la metodología de Trabajo con Apoyo. Las funciones de la persona técnica de acompañamiento a la inserción incluirán:
    • Apoyo en el proceso de preparación para la incorporación al mercado laboral.
    • Apoyo en la fase de inserción laboral en la empresa ordinaria.
    • Apoyo o acompañamiento inicial y continuado a la persona trabajadora con discapacidad y en la empresa y en el entorno laboral para garantizar el mantenimiento del empleo.
    • Prospección, sensibilización y asesoramiento de empresas.
  2. Acciones de fomento a la contratación de personas con enfermedad mental en la empresa ordinaria.

Condiciones del pago

La forma de pago se hará de la manera siguiente: el primer pago será del 80% de la subvención otorgada, con carácter de anticipo, sin necesidad de presentar previamente aval o garantía y el 20% restante quedará condicionada una vez verificado que las actividades se han realizado correctamente.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaCataluña (Generalitat de)

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaCataluña (Generalitat de)



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Corrección de errores en el texto de la O. EMO/285/2013, de 11/11/13

    Tipo: Anuncio de 11/11/2013
    Fecha: 26/11/2013
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 1

  • Bases y convocatoria para el año 2013. Deroga la O. EMO/360/2012, de 30/10/12

    Tipo: Orden autonómica de 11/11/2013
    Fecha: 21/11/2013
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 1-22

  • Concesión de las ayudas durante el año 2012

    Tipo: Resolución de 12/04/2013
    Fecha: 26/04/2013
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 1-79

  • Bases y convocatoria para el año 2012. Deroga la O. TRE/509/2009, de 02/11/09

    Tipo: Orden autonómica de 30/10/2012
    Fecha: 15/11/2012
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 56490-56513

  • Se fija importes máximos de la O. TRE/509/2009, de 02/11/09 y convocatoria para el año 2011

    Tipo: Resolución de 28/09/2011
    Fecha: 19/10/2011
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 53519-53521

  • Bases reguladoras

    Tipo: Orden autonómica de 02/11/2009
    Fecha: 26/11/2009
    Publicado en: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña
    Páginas: 89344-89389

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