Denominación:Ayudas al autónomo que propicie la inserción laboral de un familiar colaborador
Inicio de la convocatoria:15/10/2002Fin de la convocatoria:30/06/2003
Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido
Objeto de la ayuda:Inicio nueva actividadCreación empleo
Será subvencionable: la contratación de un familiar desempleado como autónomo colaborador. No será subvencionable la contratación de: quienes ejerzan las funciones de dirección y gerencia; los socios de empresas de economía social; los profesionales liberales; las actividades a comisión, ventas por catálogo, venta ambulante, venta menor sin local, promoción de viviendas, actividades agrícolas, ganaderas o forestales, alquiler de maquinarias, movimientos de tierra, construcción, albañilería, empresas de trabajo temporal y agencias de colocación.
Ayudas a trabajadores autónomos para la contratación de un familiar que preste servicios en el negocio familiar, siempre que se incorpore al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos como autónomo colaborador.
La ayuda se abonará de una sola vez previo cumplimiento de los requisitos exigidos.
Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaExtremadura
Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaExtremadura
Tipo: Decreto de 08/10/2002
Fecha: 15/10/2002
Páginas: 12477-14483