Home www.subvencionesayudas.com

Ayudas a proyectos de cooperación empresarial para el fomento de la empresa digital

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas a proyectos de cooperación empresarial para el fomento de la empresa digital

Inicio de la convocatoria:30/04/2010Fin de la convocatoria:29/05/2010

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:TIC y Sociedad de la Información

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 80,00 %

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: los equipos de la red de datos interna; elementos hardware para pruebas, validación de prototipos o de la compatibilidad de productos o servicios; licencias de software específico imprescindibles; coste de personal técnico propio con relación laboral y con dedicación al proyecto; servicios y colaboraciones externas para la definición, control, seguimiento y verificación de la implantación del proyecto; servicios y colaboraciones externas de implantación y pruebas de las soluciones tecnológicas; No serán subvencionables: páginas web y licencias de software de uso general; maquinaria productiva; costes de personal directivo, gerencial, administrativo, o personal que no se encuentre vinculado con la empresa mediante relación laboral; equipos informáticos de usuario, terminales de usuario y otras herramientas hardware; elementos fungibles o removibles y gastos generales; servicios de mantenimiento o garantía adicional sobre los equipos adquiridos; otros como cuotas de conexión, mantenimiento u hospedaje y gastos genéricos o no identificables.

Acciones subvencionadas

Ayudas a proyectos en cooperación que sean liderados por un promotor que demande nuevos productos y servicios TIC y, por lo menos, con un socio tecnológico con capacidad para prestarlos. ACCIONES SUBVENCIONABLES:

  1. demanda empresarial en soluciones TIC:
    • de empresas.
    • de asociaciones de empresas
  2. respuesta tecnológica en soluciones TIC:
    • para empresas
    • para asociaciones de empresas

El funcionamiento del programa será el siguiente: en primer lugar, el promotor que lidere el proyecto, que presentará solicitud a la lí­nea 1, seleccionará al socio (o socios) tecnológico(s), identificará sus datos en su solicitud y le(s) instará a que presente(n) la correspondiente solicitud a la lí­nea 2.

Condiciones del pago

El pago se hará tras la justificación de realización de la actividad subvencionada y la comprobación de la documentación y del cumplimiento de los requisitos establecidos.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaGalicia

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaGalicia



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases y convocatoria para el año 2010

    Tipo: Resolución de 15/04/2010
    Fecha: 29/04/2010
    Publicado en: Diario Oficial de Galicia
    Páginas: 7.078-7.105

La finalidad de este portal es de caracter informativo, su contenido ha sido obtenido del Ministerio de Fomento.
Si usted cree que cualquier parte de este portal constituye algún delito, póngase en contacto con nosotros con el fin de subsanarlo.
Política de Privacidad