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Ayudas a proyectos de actuación en materia de parques tecnológicos

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas a proyectos de actuación en materia de parques tecnológicos

Inicio de la convocatoria:14/07/2007Fin de la convocatoria:04/08/2007

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Inversiones materiales

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 85,00 %

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: las inversiones en inmovilizado (coste de mano de obra, ejecución material, equipos e instalaciones) y gastos derivados de la realización de informes, honorarios de proyecto y dirección de obra (sólo si se trata de contrataciones externas). No serán subvencionables: los impuestos indirectos que sean recuperables o compensables; los impuestos personales sobre la renta.

Acciones subvencionadas

Ayudas a proyectos de provisión y adecuación de espacios productivos en parques tecnológicos tales como:

  • movimiento de tierras.
  • asfaltado de vías.
  • encintados de acera.
  • construcción de muros y vallas.
  • tendido eléctrico y de telecomunicaciones.
  • zanjas y arquetas.
  • alumbrado con instalación de báculos o farolas y puntos de luz general.
  • conducciones de agua, alcantarillado y desagües.
  • desalación y potabilización.
  • redes telefónicas y/o informáticas.
  • elementos de señalización.
  • edificaciones para oficinas de gestión del propio parque.
  • ajardinamiento.
  • estudios y proyectos para la actualización de las necesidades de equipamiento y de espacios acondicionados para la instalación de empresas.

Condiciones del pago

Las subvenciones se abonarán tras la justificación.
Se podrá solicitar el abono anticipado siempre que se acredite que la actividad n puede desarrollarse sin la entrega de fondos públicos. En este caso, será necesaria la constitución de un aval por cantidad igual al resultante del incrementar el importe anticipado en un 20%.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaCanarias (Islas)

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaCanarias (Islas)



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases y convocatoria para el año 2007

    Tipo: Orden autonómica de 03/07/2007
    Fecha: 13/07/2007
    Páginas: 18153-18164 (1154)

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