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Ayudas a mujeres para la creación, consolidación y mejora de empresas pequeñas

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas a mujeres para la creación, consolidación y mejora de empresas pequeñas

Inicio de la convocatoria:16/01/2006Fin de la convocatoria:15/02/2006

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Inicio nueva actividadCreación empleo

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 65,00 % ó 15.000,00 Euros

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: gastos de acondicionamiento de locales (incluidos estudios e informes técnicos); inversiones en bienes de equipo nuevos, instalaciones, mobiliario, equipos informáticos y vehículos; gastos derivados de la constitución formal de la empresa (como gastos de notaría, registros o gestoría); fianzas, avales o depósitos para el alquiler de las instalaciones de la actividad empresarial; registro de patentes y marcas; gastos derivados de la adquisición de software y aplicaciones necesarias; constitución de avales para la adquisición de existencias iniciales; elaboración e implantación de planes de prevención de riesgos laborales, sistemas de calidad, estudios de adaptación u otros que se consideren necesarios; diseño y elaboración de la imagen corporativa de la empresa; diseño y ejecución de acciones y campañas de promoción y comunicación; asistencia técnica para la elaboración e implantación de los proyectos que conlleven la estabilidad y generación del empleo, para el caso de mejora de pymes de mujeres.NO serán subvencionables: gastos realizados con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes; tasas, impuestos y contribuciones; gastos derivados de la colegiación en Colegios profesionales; gastos de personal; gastos de explotación, tales como intereses bancarios, gastos corrientes u otros.

Acciones subvencionadas

Ayudas para:

  1. proyectos para la puesta en marcha de iniciativas empresariales promovidas por mujeres, como resultado de la elaboración de un Plan de empresa a través de su participación en un itinerario formativo de los Centros Vivem.
  2. proyectos de inversión para la consolidación y/o mejora de sus empresas, desarrollado dentro de los centros Vivem.

Condiciones del pago

El pago de la ayuda se efectuará una vez que la beneficiaria haya acreditado estar al corriente en sus obligaciones fiscales.
Si la ayuda es de menos o igual de 6.050 euros, se abona el 100% en un único pago y, si es superior a 6.050 euros, se abonará el 75%, pagándose el 25% restante una vez que se justifique el importe total del presupuesto aceptado.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaAndalucía

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaAndalucía



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Convocatoria para el año 2006

    Tipo: Resolución de 21/12/2005
    Fecha: 09/01/2006
    Páginas: 19

  • Bases reguladoras

    Tipo: Orden autonómica de 01/12/2005
    Fecha: 19/12/2005
    Páginas: -25-12

  • Convocatoria para el año 2005

    Tipo: Resolución de 10/12/2004
    Fecha: 22/12/2004
    Páginas: 29212-29213

  • Convocatoria para el año 2004

    Tipo: Resolución de 13/02/2004
    Fecha: 02/03/2004
    Páginas: 5294-5295

  • Convocatoria para el año 2003

    Tipo: Resolución de 02/04/2003
    Fecha: 11/04/2003
    Páginas: 7857-7858

  • Bases y convocatoria para el año 2002

    Tipo: Orden autonómica de 18/04/2002
    Fecha: 09/05/2002
    Páginas: 7328-7340

  • Bases y convocatoria para el 2001

    Tipo: Orden autonómica de 27/06/2001
    Fecha: 14/07/2001
    Páginas: 11917-11926

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