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Ayudas a los miembros de la Red de Puntos de Información (PIC) para el desarrollo de proyectos de refuerzo del tejido empresarial

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas a los miembros de la Red de Puntos de Información (PIC) para el desarrollo de proyectos de refuerzo del tejido empresarial

Inicio de la convocatoria:18/08/2008Fin de la convocatoria:01/10/2008

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Consultoría y asesoramiento externoServicios públicos de apoyo a empresas

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 75,00 %

Gastos subvencionados

Serán subvencionables:

  • para el caso 1: gastos de asesoramiento externo para la realización del plan de innovación
  • para el caso 2: gastos de asesoramiento externo necesarios para la realización de la actuación, como materiales y suministros.
  • para el caso 3: gastos de asesoramiento externo y otros gastos, como materiales y suministros, necesarios para la realización de la actuación.
  • para el caso 4: gastos externos necesarios para la realizaciónde la actuación.
  • para el caso 5: gastos externos necesarios para la realización de la actuación.

NO serán subvencionables: gastos en los que el proveedor tenga la vinculación con el solicitante, salvo justificación expresa, que tendrá que ser valorada por el CIDEM.

Acciones subvencionadas

Ayudas a la red de Puntos de Innovación CIDEM (PIC)para el desarrollo de proyectos de refuerzo del tejido empresarial, mediante:

  1. realización de un plan de innovación del territorio y/o sector de actuación.
  2. actuaciones para mejorar la competitividad del tejido empresarial.
  3. actuaciones de sensibilización y formación.
  4. realización de un plan de marketing y de acciones de promoción.
  5. formación especializada de los técnicos del servicio PIC
  6. desarrollo de pruebas piloto sobre tecnologías emergentes en el territorio.

Condiciones del pago

El pago del 100% de la ayuda será tramitado una vez se haya comprobado la justificación y tras la elaboración del acta favorable de comprobación.
Se podrá efectuar anticipos de pago y el beneficiario deberá, en ese caso, constituir un aval por la cantidad de la ayuda anticipada.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaCataluña (Generalitat de)

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaCataluña (Generalitat de)



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases y convocatoria para el año 2008. Deroga: R.IUE/1255/2007, de 23/04/07; la R.IUE/1178/2007, de

    Tipo: Resolución de 04/03/2008
    Fecha: 25/03/2008
    Páginas: 23233-23353

  • Bases y convocatoria para el año 2007

    Tipo: Resolución de 28/03/2007
    Fecha: 10/04/2007
    Páginas: 12908-12913

  • Bases y convocatoria para el año 2006.Deroga la O.TRI/331/2005, de 14/07/05

    Tipo: Orden autonómica de 28/03/2006
    Fecha: 07/04/2006
    Páginas: 16540-16544

  • Bases y convocatoria para el año 2005

    Tipo: Orden autonómica de 14/07/2005
    Fecha: 28/07/2005
    Páginas: 23461-23465

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