Home www.subvencionesayudas.com

Ayudas a la producción de largometrajes

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas a la producción de largometrajes

Inicio de la convocatoria:13/03/2013Fin de la convocatoria:27/03/2013

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Turismo, Deporte, Cultura y Patrimonio

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 50,00 % ó 300.000,00 Euros 

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: gastos de realización del guión y música (derechos de autor, traducciones, guión, compositor música, etc.); gastos de contratación del personal artístico (protagonistas, principales, secundarios, figuración, especialista, etc.); gastos contratación del equipo técnico de dirección, producción, fotografía, decoración, sastrería, maquillaje, peluquería, efectos especiales y efectos sonoros, sonido, montaje, electricistas y maquinistas, asistencia sanitaria, guardas, peones, etc.; gastos de realización de escenografía (decorados y escenarios, ambientación, vestuario, semovientes y carruajes, material de peluquería y maquillaje); gastos correspondientes a los estudios de rodaje, sonorización y varios producción; gastos correspondientes a maquinaria de rodaje y transportes; gastos de viajes, hoteles y comidas; gastos correspondientes a película virgen (negativo, positivo, magnético y varios); gastos de laboratorio (revelado, positivado, otros); contratación de seguros; gastos generales (alquiler de oficina, personal administrativo, mensajería, material de oficina.....); gastos relativos a copias, publicidad, etc; tributos cuando el beneficiario de la subvención los abone efectivamente.
NO serán subvencionables: intereses deudores de las cuentas bancarias; ntereses, recargos y sanciones administrativas y penales; gastos de procedimientos judiciales; impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación y los impuestos personales sobre la renta.

Acciones subvencionadas

Ayudas a empresas de producción cinematográfica y/o audiovisual para la producción de largometrajes con el fin de ayudar al asentamiento de la industria audiovisual mediante la financiación de los gastos que se generen en la realización de dichas producciones.

Condiciones del pago

La aportación se efectuará de la siguiente manera: un 25%, cuando se justifique el 25% del total de la subvención concedida (durante el primer año); otro 25%, cuando se justifique el 50% del total de la subvención concedida. (durante el segundo año); el tercer 25%, cuando se justifique el 75% del total de la subvención concedida. (durante el segundo año) y el 25% restante, una vez se realice la producción objeto de ayuda.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaExtremadura

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaExtremadura



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Publica la Comisión de Valoración de la O. 28/02/13

    Tipo: Resolución de 16/05/2013
    Fecha: 22/05/2013
    Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
    Páginas: 11481

  • Corrección de errores en el texto de la O. 28/02/13

    Tipo: Anuncio de 28/02/2013
    Fecha: 10/04/2013
    Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
    Páginas: 7957

  • Bases y convocatoria para el año 2013

    Tipo: Orden autonómica de 28/02/2013
    Fecha: 13/03/2013
    Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
    Páginas: 5521-5557

  • Corrección de errores en el texto del D. 85/2012, de 18/05/12

    Tipo: Anuncio de 00/00/0000
    Fecha: 30/05/2012
    Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
    Páginas: 11482

  • Bases y convocatoria para el año 2012. Deroga el D. 122/2005, de 10/05/05

    Tipo: Decreto de 18/05/2012
    Fecha: 24/05/2012
    Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
    Páginas: 10894-10939

  • Concesión de ayudas de la O. 12/11/09 para el año 2010

    Tipo: Resolución de 10/05/2010
    Fecha: 26/05/2010
    Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
    Páginas: 13331-13332

  • Convocatoria para el año 2010

    Tipo: Orden autonómica de 12/11/2009
    Fecha: 11/12/2009
    Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
    Páginas: 33934-33960

  • Convocatoria para el año 2009

    Tipo: Orden autonómica de 21/11/2008
    Fecha: 03/12/2008
    Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
    Páginas: 32142-32171

  • Concesión de la O.22/11/07

    Tipo: Resolución de 18/04/2008
    Fecha: 02/05/2008
    Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
    Páginas: 11753-11754

  • Convoca las ayudas del D. 122/2005, de 10/05/05 para 2008

    Tipo: Orden autonómica de 22/11/2007
    Fecha: 04/12/2007
    Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
    Páginas: 18847-18872

  • Convocatoria para el año 2007

    Tipo: Orden autonómica de 01/12/2006
    Fecha: 04/01/2007
    Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
    Páginas: 143-168

  • Convocatoria para el año 2006

    Tipo: Orden autonómica de 29/03/2006
    Fecha: 04/04/2006
    Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
    Páginas: 5796-5820

  • Se abre el plazo de solicitud del D.122/2005, de 10/05/05

    Tipo: Orden autonómica de 01/07/2005
    Fecha: 23/07/2005
    Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
    Páginas: 11055-11078

  • Bases reguladoras

    Tipo: Decreto de 10/05/2005
    Fecha: 17/05/2005
    Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
    Páginas: 6586-6593

  • Modifica el importe y la valoración del D. 160/2000

    Tipo: Decreto de 19/02/2002
    Fecha: 26/02/2002
    Publicado en: Diario Oficial de Extremadura
    Páginas: 2496

La finalidad de este portal es de caracter informativo, su contenido ha sido obtenido del Ministerio de Fomento.
Si usted cree que cualquier parte de este portal constituye algún delito, póngase en contacto con nosotros con el fin de subsanarlo.
Política de Privacidad