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Ayudas a la difusión y formación relacionadas con el desarrollo de la Sociedad de la Información

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas a la difusión y formación relacionadas con el desarrollo de la Sociedad de la Información

Inicio de la convocatoria:17/01/2009Fin de la convocatoria:20/02/2009

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Marketing y Promoción comercialBecasTIC y Sociedad de la Información

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 85,00 % ó 45.000,00 Euros

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: gastos de difusión y promoción; gastos asociados a los ponentes o profesores; gastos asociados a la organización del curso o evento como alquiler de locales y/o mobiliario, limpieza y seguridad; gastos de elaboración de materiales; otros gastos suplementarios; gastos de conexión a internet; para el caso de asociaciones de discapacitados, serán subvencionables los gastos de adquisición de periféricos y adquisición de software. NO serán subvencionables: gastos de personal propio de la asociación para la actividad habitual del solicitante, así como cualquier otro gasto derivado de la actividad habitual de la entidad; las inversiones en elementos que no agoten su funcionalidad al fin de la actividad resultante del proyecto, tales como ordenadores, proyectores, cámaras de fotos, videocámaras, televisiones, etc; cualquier gasto que, aunque por su naturaleza pudiese considerarse subvencionable, figure incluido y sin cuantificar con otros gastos no subvencionables, es decir, presupuestos o facturas no desglosadas; no tendrán la consideración de subvencionables aquellas inversiones, o solicitudes íntegras, en los que los proveedores estén relacionados con la entidad solicitante; no serán en ningún caso subvencionables proyectos en los que se prevea la difusión de contenidos nocivos.

Acciones subvencionadas

Ayudas para:

  1. actuaciones de promoción y difusión de la sociedad de la información (organización y celebración de eventos, tales como jornadas, conferencias o congresos de profesionales especializados).
  2. actuaciones formativas dirigidas a la ciudadanía en general.
  3. actuaciones formativas especializadas, en el ámbito de las TIC.
  4. actuaciones formativas dirigidas a las pymes.
  5. generación de contenidos digitales.

Condiciones del pago

El pago se realizará una vez que se justifique documentalmente la inversión subvencionada.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaGalicia

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaGalicia



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases y convocatoria para el año 2009

    Tipo: Orden autonómica de 31/12/2008
    Fecha: 16/01/2009
    Páginas: 1127-1143

  • Bases y convocatoria para el año 2007

    Tipo: Orden autonómica de 17/04/2007
    Fecha: 24/04/2007
    Páginas: 6624-6634

  • Bases y convocatoria para el año 2006

    Tipo: Orden autonómica de 29/03/2006
    Fecha: 06/04/2006
    Páginas: 5467-5475

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