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Ayudas a la demostración y validación de tecnologías energéticas renovables marinas emergentes

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas a la demostración y validación de tecnologías energéticas renovables marinas emergentes

Inicio de la convocatoria:18/10/2013Fin de la convocatoria:18/12/2013

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Investigación y desarrollo tecnológicoAhorro energético y energías renovables

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 25,00 % ó 1.500.000,00 Euros 

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: costes de instrumental y material necesario para la realización de las pruebas experimentales de los prototipos (excluido el coste de los propios prototipos) como pueden ser los fondeos, el cable umbilical, etc; costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado; gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto de investigación.

Acciones subvencionadas

Ayudas para apoyar actuaciones de demostración y validación de desarrollos tecnológicos, en el ámbito de las energías renovables marinas.

Concretamente, serán subvencionables las propuestas de realización de pruebas experimentales (en infraestructuras de ensayo de energías renovables marinas emergentes, en mar abierto) en fase de demostración y validación de:

  1. Prototipos a escala real o cercana a la real de captación de energía de las olas.
  2. Prototipos a escala real o cercana a la real de cimentación flotante de aerogeneradores.
  3. Prototipos a escala real o cercana a la real de aerogeneradores marinos.
  4. Prototipos de equipos auxiliares o complementarios de cualquiera de los prototipos anteriormente descritos.

Modalidades de participación:

  • Propuesta individual.
  • Propuesta en colaboración.

Condiciones del pago

El abono de las ayudas se realizará según las fases de desarrollo del programa de ensayos, de la siguiente forma: un 20% del total de la subvención se abonará en el plazo de 60 días a la comunicación de la resolución de concesión de la subvención; una vez fondeado el prototipo en el área de ensayos y tras la firma del acta de puesta enmarcha y entrada en servicio del prototipo por parte de la Administración competente, el EVE procederá al abono de la parte correspondiente a los gastos incurridos y justificados hasta ese momento y, por último, a la finalización del 2014, se procederá al abono de la parte de la subvención correspondiente a los gastos incurridos desde la puesta en marcha del prototipo hasta ese momento.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaPaís Vasco

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaPaís Vasco



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases y convocatoria para el año 2013

    Tipo: Resolución de 18/09/2013
    Fecha: 17/10/2013
    Publicado en: Boletín Oficial del País Vasco
    Páginas: 1-24 (4428)

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