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Ayudas a la adquisicion de turismos y vehiculos comerciales alimentados por combustibles alternativos

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas a la adquisicion de turismos y vehiculos comerciales alimentados por combustibles alternativos

Inicio de la convocatoria:18/12/2010Fin de la convocatoria:17/01/2011

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Medio AmbienteAhorro energético y energías renovablesTransporte

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 15,00 % ó 7.000,00 Euros
  • Ayuda mínima: 450,00 Euros

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: La adquisición de estos vehículos mediante financiación por leasing será subvencionable siempre que desde el inicio del contrato se abone el IVA de toda la operación por adelantado y, además, figure en dicho contrato el compromiso firme de adquirir el activo al finalizar el mismo; El IVA se considerará coste elegible siempre y cuando no sea recuperable por el beneficiario. NO serán subvencionables: gastos financieros consecuencia de la inversión, ni la adquisición de vehículos mediante mecanismos financieros distintos del leasing, ni la compra de vehículos usados.

Acciones subvencionadas

Ayudas para modernizar el parque de turismos, vehí­culos comerciales de menos de 3.500 kg. de MMA, para aprovechar las ventajas de la mayor eficiencia energética de los vehí­culos nuevos, en especial aquellos que son alimentados por combustibles alternativos distintos de la gasolina y el gasóleo.

Actuaciones subvencionables:

  1. Vehí­culos nuevos, ya sean turismos o comerciales de menos de 3.500 kg de MMA que sean alimentados mediante uno de los siguientes sistemas o combustibles:
    1. Propulsión hí­brida (siempre que tengan capacidad de tracción eléctrica al 100% mediante baterí­as) y con unas emisiones inferiores a 120 g de CO2/km. Se distinguen los siguientes tipos:
      • Full Hybrid: Con capacidad de tracción única eléctrica de forma voluntaria por el conductor.
      • Mild Hybrid: Sin capacidad de tracción única eléctrica de forma voluntaria por el conductor.
    2. Combustión directa de hidrógeno (pueden ser bi o multicombustible) o mediante pilas de combustible.
    3. Gas natural o gases licuados de petróleo (GLP) que tengan unas emisiones inferiores a 150 g de CO2/km. Pueden ser bi o multicombustible.
  2. La transformación de vehí­culos turismos para ser alimentados por GLP. Se considera que se trata de una transformación cuando la misma se realice transcurrido un tiempo superior o igual a 3 meses desde la primera matriculación.

Condiciones del pago

Una vez que se justifique documentalmente la inversión subvencionada.



Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaNavarra (Comunidad Foral)

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaNavarra (Comunidad Foral)



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

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