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Ayudas a empresas industriales: fomento de la actividad industrial

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas a empresas industriales: fomento de la actividad industrial

Inicio de la convocatoria:16/11/2006Fin de la convocatoria:20/12/2006

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Inversiones materialesInicio nueva actividad

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 45.000,00 Euros

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: adquisición de activos fijos nuevos (instalaciones técnicas, maquinaria, equipamiento informático y otros bienes de equipo); instalaciones relacionadas con la maquinaria inherente al proyecto; obra menor relacionada con instalaciones y/o ubicación de maquinaria o bienes de equipo; obra menor relacionada nuevas instalaciones o adaptación de las existentes; costes de inversión inmaterial de adquisición de tecnologías asociadas al proyecto; estudios de viabilidad técnico-económica; redacción de proyecto y dirección facultativa. NO serán subvencionables: adquisición de terreno; infraestructura, urbanización y obra civil; adquisición de edificio, nave o local; alquileres; el IBI satisfecho para la adquisición de bienes o servicios; gastos financieros; inversiones en equipos usados; transporte exterior; mobiliario de oficina, moldes, matrices y troqueles y utillaje de reposición; adquisición de activos de empresas o sociedades que formen parte del mismo grupo; inversiones destinadas a usos comerciales.

Acciones subvencionadas

Ayudas para el fomento de la actividad industrial, mediante:

  1. nuevas implantaciones industriales.
  2. inversiones promocionables.
  3. actuaciones especiales.

Condiciones del pago

El abono de la subvención se realizará, una vez realizada la inversión y comprobada la documentación requerida.
Para poder hacer efectivo el pago de la subvención y de manera general para todas las actuaciones subvencionadas, exceptuando las inversiones de menor cuantía, se deberá justificar la realización de al menos el 25% de las inversiones consideradas como subvencionables.
En el caso de que el proyecto no se haya ejecutado en su totalidad y siempre que supere el 25% del total, podrá realizarse al pago parcial de la subvención resultante al aplicar los porcentajes de valoración asignados.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaAragón

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaAragón



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases y convocatoria para el 2007

    Tipo: Orden autonómica de 07/11/2006
    Fecha: 15/11/2006
    Páginas: 14639-14680 (2939)

  • Bases y convocatoria para el año 2006

    Tipo: Orden autonómica de 11/11/2005
    Fecha: 14/11/2005
    Páginas: 13912-13952 (2786)

  • Bases y convocatoria para el año 2005

    Tipo: Orden autonómica de 22/10/2004
    Fecha: 15/11/2004
    Páginas: 10399-10436 (2796)

  • Bases y convocatoria para el año 2004

    Tipo: Orden autonómica de 27/01/2004
    Fecha: 09/02/2004
    Páginas: 1024-1046 (294)

  • Bases y convocatoria para el año 2003

    Tipo: Orden autonómica de 17/10/2002
    Fecha: 30/10/2002
    Páginas: 9290-9321 (2850)

  • Bases y convocatoria para el año 2002

    Tipo: Orden autonómica de 19/10/2001
    Fecha: 31/10/2001
    Páginas: 8475-8502 (2717)

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