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Ayudas a autónomos por la contratación indefinida de personas asalariadas

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas a autónomos por la contratación indefinida de personas asalariadas

Inicio de la convocatoria:12/06/2013Fin de la convocatoria:30/09/2013

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Creación empleo

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: ó 7.000,00 Euros 

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: las contrataciones indefinidas iniciales formalizadas entre el 01/10/12 y el 30/09/13, a tiempo completo o parcial, incluida la modalidad de fijo discontinuo, que sean la primera contratación que el autónomo realice con carácter indefinido durante su primer año de actividad o la segunda y tercera contratación que realice con carácter indefinido en los tres primeros años de actividad.
NO serán subvencionables: los contratos realizados con el cónyuge, los ascendientes, los descendientes y demás parientes, por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, de la persona solicitante (excepto en el caso de autónomos que contraten por cuenta ajena a los hijos y a las hijas menores de 30 años o en el caso de autónomos sin asalariados que contrate a un solo familiar menor de 45 años que no conviva en su hogar ni esté a su cargo); los contratos realizados con trabajadores que, en los 24 meses anteriores a la fecha de la contratación, prestasen servicios en la misma empresa o grupo de empresas mediante un contrato de carácter indefinido o en los últimos 3 meses mediante un contrato de carácter temporal; los contratos con trabajadores que finalicen una relación laboral de carácter indefinido en un plazo de 3 meses previos a la formalización del contrato por el que se solicita la subvención, excepto que dicha relación laboral finalizase por causa de un despido reconocido o declarado improcedente o se extinga por alguna de las causas señaladas en los artículos 49.1.g), 51 y 52.c) del Estatuto de los trabajadores.

Acciones subvencionadas

Incentivos a la contratación indefinida inicial de personas desempleadas realizada por las personas trabajadoras autónomas o personas profesionales con domicilio social y fiscal en Galicia.

Condiciones del pago

El pago de las subvenciones quedará condicionado a la presentación de la documentación, en el plazo, en los términos y en el modo que se exija de forma expresa en la resolución de concesión.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaGalicia

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaGalicia



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases y convocatoria para el año 2013

    Tipo: Orden autonómica de 06/06/2013
    Fecha: 12/06/2013
    Publicado en: Diario Oficial de Galicia
    Páginas: 22244-22268

  • Bases y convocatoria para el año 2005

    Tipo: Orden autonómica de 07/03/2005
    Fecha: 10/03/2005
    Publicado en: Diario Oficial de Galicia
    Páginas: 4117-4127

  • Bases y convocatoria para el año 2004

    Tipo: Orden autonómica de 25/02/2004
    Fecha: 09/03/2004
    Publicado en: Diario Oficial de Galicia
    Páginas: 3113-3123

  • Bases y convocatoria para el año 2003

    Tipo: Orden autonómica de 09/05/2003
    Fecha: 14/05/2003
    Publicado en: Diario Oficial de Galicia
    Páginas: 6118-6128

  • Bases y convocatoria para el año 2002

    Tipo: Orden autonómica de 05/07/2002
    Fecha: 15/07/2002
    Publicado en: Diario Oficial de Galicia
    Páginas: 11072-11079

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