Denominación:Ayudas a acciones de cooperación para el desarrollo para proyectos de innovación para el desarrollo
Inicio de la convocatoria:17/02/2015Fin de la convocatoria:18/03/2015
Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido
Objeto de la ayuda:Proyectos sociales, Vivienda y otrosInvestigación aplicada e Innovación
Serán subvencionables: gastos directos; equipos, materiales y suministros; personal; servicios técnicos y profesionales; viajes, alojamientos y dietas; gastos financieros; gastos indirectos.
NO serán subvencionables: compra o alquiler de terrenos e inmuebles; construcción y reforma de inmuebles e infraestructuras; compra o alquiler de equipamiento y adquisición de materiales y suministros para sedes administrativas así como para viviendas de personal vinculado al proyecto; fondos rotatorios; intereses deudores de las cuentas bancarias; intereses, los recargos y las sanciones administrativas y penales; gastos de procedimientos judiciales; impuestos indirectos; la subvención de la AECID tampoco podrá ser utilizada para gastos y atenciones protocolarias.
Ayudas para proyectos que impulsen, en los Países de Asociación de la Cooperación Española, soluciones innovadoras, ya desarrolladas y testadas exitosamente a nivel piloto, con el fin de aplicarlas y demostrar la posibilidad de replicarlas a mayor escala buscando un impacto positivo y relevante en las condiciones de vida de las personas más desfavorecidas y en la cohesión social. Los proyectos abordarán problemas sociales, económicos, medioambientales y de la agenda de desarrollo de forma integrada y con un enfoque innovador yendo más allá del ámbito meramente tecnológico.
Prioridades temáticas:
Prioridades geográficas: el proyecto debe limitarse a solamente un país, no aceptándose proyectos multi-país y solamente pueden ejecutarse en uno de los 23 Países de Asociación previstos en el IV Plan Director.
El pago de las subvenciones concedidas a los proyectos de innovación para el desarrollo se realizará una vez notificada la resolución.
Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:España
Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:España
Nombre de la institución: Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación | Dirección: Plaza de la Provincia, 1 - 28012 Madrid | Teléfono / Tlf.:...más información
Nombre de la institución: Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación | Dirección: Plaza de la Provincia, 1 - 28012 Madrid | Teléfono / Tlf.:...más información
Tipo: Resolución de 02/02/2015
Fecha: 16/02/2015
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 12725-12742 (1539)
Tipo: Resolución de 23/01/2015
Fecha: 05/02/2015
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 9645-9649 (1074)
Tipo: Resolución de 24/04/2014
Fecha: 08/05/2014
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 35189-35193 (4841)
Tipo: Resolución de 03/03/2014
Fecha: 21/03/2014
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 24596-24612 (3014)
Tipo: Orden autonómica de 21/01/2014
Fecha: 14/02/2014
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 14095-14097 (1597)
Tipo: Orden Ministerial de 21/10/2011
Fecha: 29/10/2011
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 113393-113424 (17049)
Tipo: Real Decreto de 16/06/2010
Fecha: 25/06/2010
Publicado en: Boletín Oficial del Estado
Páginas: 55780-55809 (10102)