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Ayudas a la inversión empresarial: potenciación de la innovación y el desarrollo tecnológico

Información general de la subvención

Denominación:Ayudas a la inversión empresarial: potenciación de la innovación y el desarrollo tecnológico

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Inversiones materialesInvestigación y desarrollo tecnológicoConsultoría y asesoramiento externoInversiones inmaterialesTIC y Sociedad de la Información

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 75,00 %

Gastos subvencionados

Serán subvencionables:

  • para los casos 4 y 5: obras e instalaciones.
  • para los casos 1, 3, 4 y 5: adquisición de maquinaria y bienes de equipo de contenido tecnológico.
  • para los casos 1, 3, 4 y 5: activos inmateriales (adquisición de derechos de patentes, licencias "know how" o conocimientos técnicos no patentados).
  • colaboraciones externas y gastos de consultoría.
  • coste de personal propio.
  • contratación de tecnólogos.
  • para el caso 7: gastos de gestión (promoción, publicidad, viajes, etc).

NO serán subvencionables: compra de vehículos, bienes o realización de gastos que no sean necesarios; gastos financieros, reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, circulante, IVA y otros impuestos o tasas cuando sean susceptibles de recuperación o compensación, gastos notariales de registro y otros de naturaleza similar; adquisiciones de activos; activos anteriores a la solicitud de la ayuda.

Acciones subvencionadas

Ayudas para la competitividad e incentivos a la inversión empresarial para la potenciación de la innovación y desarrollo tecnológico. Ayudas para los siguientes proyectos:

  1. proyectos de innovación.
  2. proyectos de estudio de viabilidad técnica previos a proyectos de innovación.
  3. proyectos de desarrollo tecnológico.
  4. proyectos de infraestructura de apoyo a la innovación.
  5. proyectos de creación de empresas innovadoras de base tecnológica.
  6. proyectos de participación en programas nacionales e internacionales de innovación.
  7. proyectos de información y difusión tecnológica.

Condiciones del pago

El pago se efectuará mediante pago único, previa justificación de la inversión.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaCastilla-La Mancha

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaCastilla-La Mancha



Organismos e instituciones

Organismo otorgante

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Bases reguladoras. Deroga la O.07/10/04, O.05/10/04, O.04/10/04, O.22/12/04, O.03/08/06

    Tipo: Orden autonómica de 25/09/2008
    Fecha: 07/10/2008
    Publicado en: Diario Oficial de Castilla la Mancha
    Páginas: 31458-31479

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