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Formación profesional para el empleo: programas específicos

Información general de la subvención

Denominación:Formación profesional para el empleo: programas específicos

Inicio de la convocatoria:02/01/2013Fin de la convocatoria:18/01/2013

Tipo de subvención:Subvención a fondo perdido

Objeto de la ayuda:Becas

Cuantia financiada por la ayuda

  • Ayuda máxima: 100,00 %

Gastos subvencionados

Serán subvencionables: gastos directos de la actividad formativa (retribuciones de los formadores internos y externos (salarios, seguros sociales, dietas y gastos de locomoción y, en general, todos los costes imputables a los formadores en el ejercicio de las actividades; gastos de amortización de equipos didácticos y plataformas tecnológicas, así como el alquiler o arrendamiento financiero de los mismos, excluidos sus intereses; gastos de medios didácticos y/o adquisición de materiales didácticos, así como los gastos en bienes consumibles (incluyendo el material de protección y seguridad); gastos de alquiler, arrendamiento financiero, excluidos sus intereses, o amortización de las aulas, talleres y demás superficies utilizadas en el desarrollo de la formación; gastos de seguro de accidentes de los participantes; gastos de transporte, manutención y alojamiento para los trabajadores ocupados que participen en las acciones formativas, con los límites fijados; gastos de publicidad para la organización y difusión de las acciones formativas; gastos asociados de la actividad formativa (hasta el 20% de los costes de la actividad formativa); otros gastos subvencionables (costes de evaluación y control de la calidad de la formación; en el caso de que la cuenta justificativa se realice con informe auditor, los gastos derivados de la realización de dicho informe). NO serán subvencionables: gastos financieros, multas, penalizaciones financieras y gastos derivados de procedimientos judiciales; gastos de apertura y gestión de cuentas bancarias, de transferencias y otros cargos administrativos; el IVA recuperable, reembolsado o compensado por el medio que sea. El IVA, soportado como consecuencia de los gastos ocasionados en la acción formativa, podrá ser subvencionado siempre que la entidad colaboradora lo haya sufragado efectiva y definitivamente, es decir, no sea recuperable; el importe de la amortización de equipos didácticos, herramientas, construcciones e instalaciones, empleados en la acción formativa, cuya adquisición o construcción hubiere sido objeto de subvención por cualquier administración pública, nacional o comunitaria; adquisición de inmovilizado; percepciones no salariales excluidas de cotización en el Régimen General de la Seguridad Social, a excepción de los pluses obligatorios establecidos por convenio y las dietas y gastos de locomoción; tasas administrativas Locales, Autonómicas o Nacionales, salvo que se devenguen por causa directamente vinculada a la subvención o a la actividad que comportan; cualesquiera otros gastos no imputables a las acciones formativas.

Acciones subvencionadas

Las ayudas a Programas especí­ficos dirigidos a personas con necesidades formativas o con dificultades para su inserción o recualificación profesional, independientemente de su situación laboral, se enmarcan en la modalidad 3 de las ayudas a la formación profesional para el empleo y constan de los siguientes programas:

  1. Acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas con necesidades formativas especiales o con dificultades para su inserción o recualificación profesional, independientemente de su situación laboral.
  2. Itinerarios de inserción que sean innovadores en su planteamiento y desarrollo.

Además, ciertos alumnos que participen en los programas podrán obtener ayudas de transporte, manutención y alojamiento y/o becas.Asimismo, los programas especí­ficos podrán contar con una fase de prácticas profesionales de una parte o de la totalidad de los alumnos desempleados formados, las cuales habrán de ser adecuadas a los conocimientos teórico-prácticos de la acción desarrollada, y se realizarán en organismos públicos, entidades sin ánimo de lucro o en empresas de La Rioja, sin vinculación laboral alguna.

Condiciones del pago

El abono del importe de las subvenciones, se efectuará una vez concluido el plan de formación y siempre previa justificación de los gastos ocasionados.


Localización de las ayudas

Las ayudas serán concedidas a todos aquellos proyectos realizados en las siguientes zonas:EspañaRioja (La)

Serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas personas con domicilio fiscal en:EspañaRioja (La)



Organismos e instituciones

Organismo gestor



Normativa aplicada

Bases, modificaciones y otros documentos de la convocatoria

  • Convocatoria para el año 2013

    Tipo: Resolución de 21/12/2012
    Fecha: 31/12/2012
    Publicado en: Boletín Oficial de La Rioja
    Páginas: 17796-17816

  • Convocatoria para el año 2011

    Tipo: Resolución de 21/02/2011
    Fecha: 18/03/2011
    Publicado en: Boletín Oficial de La Rioja
    Páginas: 3738-3752

  • Convocatoria para el año 2011

    Tipo: Resolución de 21/02/2011
    Fecha: 18/03/2011
    Publicado en: Boletín Oficial de La Rioja
    Páginas: 3738-3752

  • Convocatoria para 2010 de la O. 24/2009 de 11/05/09

    Tipo: Resolución de 15/03/2010
    Fecha: 09/04/2010
    Publicado en: Boletín Oficial de La Rioja
    Páginas: 4635-4647

  • Convocatoria para 2010 de la O. 25/2009 de 11/05/09

    Tipo: Resolución de 15/03/2010
    Fecha: 09/04/2010
    Publicado en: Boletín Oficial de La Rioja
    Páginas: 4623-4635

  • Convocatoria para el año 2009

    Tipo: Resolución de 16/06/2009
    Fecha: 22/06/2009
    Publicado en: Boletín Oficial de La Rioja
    Páginas: 8622-8681

  • Bases reguladoras. Deroga la O. 22/01/07 y O. 28/12/06

    Tipo: Orden autonómica de 11/05/2009
    Fecha: 15/05/2009
    Publicado en: Boletín Oficial de La Rioja
    Páginas: 6395-6437

  • Bases y convocatorias para el año 2008

    Tipo: Resolución de 19/05/2008
    Fecha: 24/05/2008
    Publicado en: Boletín Oficial de La Rioja
    Páginas: 3626-3633

  • Bases y convocatoria para el año 2007

    Tipo: Orden autonómica de 14/02/2007
    Fecha: 20/02/2007
    Publicado en: Boletín Oficial de La Rioja
    Páginas: 1103-

  • Bases reguladoras

    Tipo: Orden autonómica de 22/01/2007
    Fecha: 27/01/2007
    Publicado en: Boletín Oficial de La Rioja
    Páginas: 619-633

  • Bases reguladoras y se deroga la O.29/12/04

    Tipo: Orden autonómica de 28/12/2006
    Fecha: 02/01/2007
    Publicado en: Boletín Oficial de La Rioja
    Páginas: 3-9

  • Bases y convocatoria para el año 2006

    Tipo: Resolución de 19/01/2006
    Fecha: 26/01/2006
    Publicado en: Boletín Oficial de La Rioja
    Páginas: 490-492

  • Bases y convocatoria para el año 2006

    Tipo: Resolución de 19/01/2006
    Fecha: 26/01/2006
    Publicado en: Boletín Oficial de La Rioja
    Páginas: 492-500

  • Segunda convocatoria para el año 2005

    Tipo: Resolución de 18/11/2005
    Fecha: 22/11/2005
    Publicado en: Boletín Oficial de La Rioja
    Páginas: 6656-6657

  • Bases reguladoras

    Tipo: Orden autonómica de 29/12/2004
    Fecha: 04/01/2005
    Publicado en: Boletín Oficial de La Rioja
    Páginas: 38-45

  • Convocatoria para el año 2005

    Tipo: Resolución de 29/12/2004
    Fecha: 04/01/2005
    Publicado en: Boletín Oficial de La Rioja
    Páginas: 62-64

  • Convocatoria para la programación de acciones para el año 2005

    Tipo: Resolución de 29/12/2004
    Fecha: 04/01/2005
    Publicado en: Boletín Oficial de La Rioja
    Páginas: 64-70

  • Bases reguladoras

    Tipo: Orden autonómica de 29/12/2004
    Fecha: 04/01/2005
    Publicado en: Boletín Oficial de La Rioja
    Páginas: 45-60

  • Convocatoria de participación en la programación del año 2004

    Tipo: Orden autonómica de 29/12/2003
    Fecha: 06/01/2004
    Publicado en: Boletín Oficial de La Rioja
    Páginas: 66

  • Bases y convocatoria para el año 2003

    Tipo: Resolución de 23/12/2002
    Fecha: 28/12/2002
    Publicado en: Boletín Oficial de La Rioja
    Páginas: 6099-6100

  • Convocatoria de participación en la programación del año 2002

    Tipo: Orden autonómica de 18/12/2001
    Fecha: 22/12/2001
    Publicado en: Boletín Oficial de La Rioja
    Páginas: 5598-5605

  • Bases reguladoras

    Tipo: Resolución de 18/12/2001
    Fecha: 22/12/2001
    Publicado en: Boletín Oficial de La Rioja
    Páginas: 5605-5613

  • Bases y convocatoria para el año 2001

    Tipo: Resolución de 04/10/2001
    Fecha: 09/10/2001
    Publicado en: Boletín Oficial de La Rioja
    Páginas: 4353

  • Se aprueba una convocatoria extraordinaria

    Tipo: Resolución de 10/07/2001
    Fecha: 14/07/2001
    Publicado en: Boletín Oficial de La Rioja

  • Bases y convocatoria para el 2000 (derogada)

    Tipo: Resolución de 26/11/1999
    Fecha: 30/11/2000
    Publicado en: Boletín Oficial de La Rioja
    Páginas: 4286-4832

  • Bases y convocatoria para el 2001

    Tipo: Resolución de 16/11/2000
    Fecha: 23/11/2000
    Publicado en: Boletín Oficial de La Rioja
    Páginas: 4809-4813

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